
Una migrante cubana con documento I-220A compartió su experiencia después de comparecer por segunda vez ante una corte de inmigración de Estados Unidos. La joven aseguró que salió aliviada de la audiencia, luego de que el juez revisara su entrada al país, mantuviera en trámite su solicitud de asilo y fijara una nueva comparecencia para septiembre de 2027.
El testimonio refleja la incertidumbre que enfrentan miles de cubanos liberados bajo una I-220A, quienes deben defender sus casos dentro de procedimientos de remoción mientras esperan una decisión sobre las vías migratorias solicitadas.
El juez examinó su entrada por la frontera
Según relató la cubana, durante la audiencia el juez le hizo preguntas sobre la manera en que llegó a Estados Unidos. La joven confirmó que había entrado por la frontera de Texas sin una autorización migratoria previa y que no había recibido un parole. También tuvo que corroborar la fecha de entrada y presentar los documentos que las autoridades le entregaron en la frontera, entre ellos la I-220A.
La entrevistada explicó que el juez le indicó que se encontraba dentro de un proceso de remoción. Esta declaración no significa necesariamente que haya recibido una orden inmediata de deportación, sino que el Gobierno busca determinar ante la corte si puede permanecer legalmente en Estados Unidos.
Su solicitud de asilo seguirá bajo consideración
Uno de los momentos más importantes de la audiencia ocurrió cuando el tribunal abordó su petición de asilo. La migrante afirmó que la solicitud fue aceptada para continuar el trámite y que el denominado “reloj de asilo” ya había comenzado a acumular tiempo.
Ese detalle es fundamental. La aceptación procesal de la solicitud permite que el expediente avance, pero no equivale a la aprobación definitiva del asilo. Para obtener esa protección, la cubana todavía deberá demostrar que sufrió persecución o que tiene un temor fundamentado de regresar a la isla por alguna de las razones protegidas por la legislación estadounidense.
Las audiencias preliminares sirven habitualmente para revisar las alegaciones migratorias, determinar qué alivios solicitará la persona y establecer las fechas para las próximas etapas del procedimiento. La Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración dispone incluso de un modelo oficial de este tipo de audiencia.
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Cuba aparece como posible país de remoción
La cubana también reveló que el juez le preguntó qué país escogería en caso de que finalmente ordenaran su expulsión de Estados Unidos. Ella rechazó seleccionar voluntariamente un destino. Ante esa respuesta, el juez señaló a Cuba como el país correspondiente para una eventual remoción.
Esta parte del procedimiento tampoco significa que la deportación haya sido aprobada ni que vaya a ejecutarse inmediatamente. Se trata de la identificación del país al que podría ser enviada si pierde el caso, recibe una orden final y no obtiene otro beneficio migratorio.
La próxima corte será en septiembre de 2027
El tribunal programó su siguiente audiencia para septiembre de 2027, exactamente un año después de esta comparecencia. La joven consideró que el resultado fue positivo, especialmente porque describió al juez asignado a su expediente como uno de los más estrictos de la corte. Aclaró que el magistrado mantuvo un trato profesional, aunque realizó preguntas directas y revisó cuidadosamente su documentación.
“Para mí fue una victoria”, expresó al explicar que temía una consecuencia más grave. Sin embargo, salió de la corte sin una orden inmediata de deportación y con su solicitud de asilo todavía activa.
La nueva fecha le concede tiempo para fortalecer el expediente, recopilar evidencias y prepararse para la siguiente etapa. También prolonga la incertidumbre, porque su futuro migratorio continuará sin resolverse durante al menos otro año.
El I-220A no resolvió su situación migratoria
La experiencia vuelve a mostrar la compleja realidad de los cubanos que fueron liberados con una I-220A. Este documento establece determinadas condiciones de libertad mientras continúa el proceso migratorio, pero no concede por sí solo residencia permanente, asilo ni un estatus legal definitivo.
Por eso, tener una I-220A no elimina la obligación de presentarse ante la corte. Cada persona debe revisar cuidadosamente sus citaciones, mantener actualizada su dirección y responder a todos los requerimientos del tribunal.
Faltar a una audiencia puede provocar que el juez emita una orden de deportación en ausencia, incluso cuando la persona tenga pendiente una solicitud de asilo u otro trámite.
Un mensaje de tranquilidad para otros cubanos
La protagonista decidió compartir su experiencia para tranquilizar a quienes sienten temor antes de acudir a una corte migratoria. Reconoció que estuvo nerviosa, pero insistió en que llegó preparada y confiada en que podría explicar su situación. “Vayan confiados y prepárense”, recomendó la cubana, quien atribuyó a su fe la tranquilidad con la que enfrentó la audiencia.
Su experiencia, sin embargo, no garantiza que otros casos tendrán el mismo resultado. Las decisiones pueden variar según los antecedentes migratorios, las pruebas presentadas, el historial penal, las solicitudes pendientes y las circunstancias particulares de cada persona.
El punto más importante de su comparecencia es que el caso continúa abierto: no recibió la residencia ni una aprobación definitiva del asilo, pero tampoco salió de la sala con una orden inmediata de deportación. Ahora deberá utilizar el tiempo disponible para preparar la próxima audiencia y demostrar por qué necesita protección en Estados Unidos.





