“Un juez decidirá el resto de nuestras vidas”: cubano con I-220A llega a su corte final en Florida

Cubano en corte con su abogada. Imagen creada con IA: Foto: Chat GPT

A pocas horas de presentarse ante un juez de inmigración, un cubano con documento I-220A compartió la incertidumbre que enfrentaba mientras viajaba hacia West Palm Beach para la que describió como su “corte final”.

“Están a tres horas de que un juez decida el resto de nuestras vidas”, expresó al comienzo de un video difundido en redes sociales. El hombre explicó que llevaba años esperando ese momento, aunque al mismo tiempo deseaba que nunca llegara debido a las consecuencias que podría tener para su futuro en Estados Unidos.


El testimonio refleja la situación de numerosos migrantes cubanos que recibieron una I-220A después de ingresar al país y continúan en procesos ante los tribunales migratorios sin contar con residencia permanente.

La grabación documentó el trayecto hacia la audiencia, pero no permitió conocer la identidad del hombre, las solicitudes migratorias incluidas en su expediente ni la decisión tomada posteriormente por el juez.

“Ese papelito no es una residencia”

El cubano reconoció que la I-220A le permitió continuar trabajando y construyendo una vida en Estados Unidos, pero también describió la fragilidad que siente al no tener resuelto definitivamente su estatus migratorio.

“Ese papelito no es una residencia, no es un parole, no es nada”, afirmó. Según relató, pese a la incertidumbre ha trabajado, pagado impuestos y desarrollado un negocio de regalos personalizados.

La I-220A es una orden de liberación bajo palabra utilizada por las autoridades migratorias mientras una persona continúa sometida a procedimientos. Su entrega no constituye por sí misma una residencia permanente ni garantiza que el beneficiario pueda acogerse a la Ley de Ajuste Cubano.


En 2023, la Junta de Apelaciones de Inmigración determinó en Matter of Cabrera-Fernandez que la liberación condicional contemplada en estos casos es jurídicamente distinta del parole humanitario y no satisface, por sí sola, el requisito de haber sido “admitido o puesto en parole” exigido por la Ley de Ajuste Cubano. La Junta reafirmó ese criterio en 2025 mediante Matter of Roque-Izada.

Esto no significa que todas las personas con una I-220A tengan expedientes idénticos o enfrenten necesariamente el mismo desenlace. Algunos casos incluyen solicitudes de asilo, cancelación de deportación u otras formas de protección que deben evaluarse individualmente.

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Un negocio construido bajo la incertidumbre

El protagonista del video también habló del esfuerzo invertido en su emprendimiento de regalos personalizados. Cada caja, rosa y taza vendida, aseguró, llevaba “un pedacito” de la lucha que comenzó después de llegar a Estados Unidos.

Sin embargo, antes de entrar a la audiencia no sabía si al día siguiente podría continuar trabajando y haciendo crecer el negocio que había construido. “No sé qué va a pasar con eso”, confesó. Su preocupación iba más allá de una resolución administrativa: la decisión podía afectar su estabilidad económica, familiar y personal.

El relato muestra cómo los procesos migratorios prolongados repercuten en personas que durante años trabajan, pagan impuestos, crean pequeños negocios y forman vínculos comunitarios, pero continúan sin una solución definitiva.

Llegó acompañada por su abogada

El cubano dijo que pudo acudir a la audiencia acompañada por su abogada, a quien describió como una profesional excelente y comprometida con su caso.

La representación legal puede resultar decisiva para presentar documentos, testimonios y argumentos ante el tribunal. No obstante, la decisión corresponde al juez, quien debe determinar si la persona es removible y si reúne los requisitos para alguna protección migratoria. La Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración explica que esa es precisamente la función de los jueces en estos procedimientos.

Una audiencia individual o de méritos no produce necesariamente una deportación inmediata. Dependiendo del expediente, el juez puede conceder o negar una solicitud, aplazar el caso por razones procesales o emitir una resolución susceptible de apelación.

Un resultado que todavía no se conoce

En los últimos segundos del testimonio, el hombre afirmó que confiaba en Dios y en la Virgen mientras esperaba la decisión. El video concluyó sin revelar qué ocurrió dentro de la sala. Por ello, sería prematuro asegurar que recibió una orden de deportación, que obtuvo protección o que su proceso fue aplazado.

Su historia, entretanto, vuelve a colocar en primer plano la incertidumbre de los cubanos con I-220A: personas que han pasado años creando una vida en Estados Unidos, pero cuyo futuro puede depender de una audiencia y de las circunstancias particulares de cada expediente.


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