Fue a defender su asilo y salió con orden de deportación: el caso de un cubano en Miami

Cubano con I-220A. Foto: Video en TikTok de alexandermartinez0111

Un cubano identificado como Alexander Martínez Sarmiento recibió una orden de deportación después de presentarse ante una corte de inmigración en Miami para la que describió como su tercera y última audiencia judicial.

El migrante, liberado en Estados Unidos mediante un formulario I-220A, esperaba defender su solicitud de asilo político y obtener una respuesta favorable a su intento de regularizarse mediante la Ley de Ajuste Cubano. Sin embargo, aseguró que el juez rechazó sus peticiones y dispuso su expulsión del país.


Martínez Sarmiento afirmó que la audiencia terminó sin que él pudiera explicar detalladamente las razones por las que teme regresar a Cuba. También sostuvo que su abogada no tuvo la oportunidad de desarrollar plenamente los argumentos y documentos preparados para respaldar la solicitud de protección.

Aunque la decisión representa un revés considerable, el proceso migratorio todavía no habría concluido. Su defensa planea apelar la orden ante la Junta de Apelaciones de Inmigración, conocida como BIA por sus siglas en inglés.

El caso expone nuevamente la frágil situación de miles de cubanos que ingresaron por la frontera, los liberaron con un I-220A y permanecen en Estados Unidos sin una admisión formal ni un parole reconocido que les facilite solicitar la residencia permanente.

La audiencia estaba programada originalmente para 2027

De acuerdo con el testimonio de Martínez Sarmiento, su comparecencia final ante la corte la programaron inicialmente para 2027. Posteriormente, las autoridades adelantaron la fecha para 2026 y le notificaron el cambio con aproximadamente un mes de anticipación.

El nuevo calendario obligó a su abogada a preparar aceleradamente el expediente. El cubano aseguró que la representante legal reunió y presentó más de 200 documentos, mociones y elementos probatorios relacionados con su solicitud de asilo y su intento de obtener la residencia.


La defensa habría trabajado contra el tiempo para organizar declaraciones, antecedentes, evidencias y argumentos que explicaran las razones por las que Martínez Sarmiento pedía permanecer en Estados Unidos.

Una audiencia final o individual constituye una de las etapas más decisivas dentro de un proceso de deportación. En ella, el inmigrante puede presentar testimonios, documentación y argumentos jurídicos para demostrar que reúne los requisitos de alguna protección migratoria.

El juez escucha las posiciones de la defensa y del gobierno, analiza el expediente y determina si la persona puede permanecer legalmente en el país o debe salir del mismo.

Para Martínez Sarmiento, la reprogramación aumentó la presión sobre un proceso que ya llevaba años generándole incertidumbre. A pesar del trabajo realizado, sostuvo que no pudo desarrollar ante el tribunal el caso que había preparado junto con su abogada.

Afirma que solo pudo responder preguntas cerradas

El migrante relató que durante la audiencia el juez le formuló preguntas que debía contestar principalmente con un “sí” o un “no”. Según su versión, no recibió la oportunidad de ofrecer un relato amplio sobre sus circunstancias personales, sus motivos para abandonar Cuba ni los riesgos que, a su juicio, enfrentaría en caso de que lo envíen de regreso a la isla.

«El juez desestimó la petición de residencia que hicimos con la corte y cuando pensábamos que nos iba a dejar defender el asilo político, ni siquiera nos dejó hablar, solamente hizo preguntas de respuesta sí o no y desestimó el caso y me dio una orden de deportación», explica el joven en el video de TikTok.

Martínez Sarmiento aseguró que tampoco se permitió a su abogada presentar completamente la estrategia preparada para defenderlo. La información divulgada se basa en el testimonio del afectado y no incluye la transcripción de la audiencia ni el texto completo de la resolución judicial. Por esa razón, no se conocen públicamente todos los fundamentos utilizados por el juez para rechazar las solicitudes.

En los procesos de inmigración, una decisión negativa puede estar relacionada con diversos elementos: el cumplimiento de los plazos, la forma de entrada a Estados Unidos, la suficiencia de las pruebas, la credibilidad del testimonio, la existencia de antecedentes o el cumplimiento de los requisitos específicos de la protección solicitada.

También es posible que un juez considere que determinados documentos o argumentos no modifican el problema jurídico central del expediente. No obstante, Martínez Sarmiento insistió en que su principal frustración fue no poder contar su historia ni escuchar una discusión exhaustiva sobre las pruebas reunidas.

@alexandermartnez0111 #i220a #i220b #cubanosporelmundo🇨🇺 ♬ sonido original – Alexander01martinezsarmiento2

Buscaba defender una solicitud de asilo político

El cubano explicó que una de sus principales vías para intentar permanecer en Estados Unidos era el asilo político. Cuando una persona solicita asilo mientras se encuentra sometida a un procedimiento de expulsión, el caso se tramita como una petición defensiva. Esto significa que la protección se presenta ante el juez como una defensa contra la deportación, y no únicamente como un beneficio solicitado de manera independiente ante una oficina administrativa.

USCIS define el asilo defensivo como la solicitud presentada ante un juez de inmigración por una persona que ya está enfrentando un proceso de expulsión. Para recibir asilo, el solicitante debe demostrar que sufrió persecución o tiene un temor fundado de sufrirla debido a factores reconocidos por la legislación, como la opinión política, la religión, la nacionalidad, la raza o la pertenencia a determinado grupo social.

La sola afirmación de sentir miedo no garantiza la aprobación. Generalmente, el juez evalúa la coherencia del testimonio, las pruebas presentadas, los acontecimientos ocurridos antes de abandonar el país y la posibilidad real de persecución futura. También puede revisar si la petición se presentó dentro del plazo correspondiente y si existen impedimentos legales para conceder el beneficio.

En caso de que el juez rechace el asilo, puede analizar otras protecciones, como la suspensión de la deportación o el amparo bajo la Convención contra la Tortura, siempre que hayan sido solicitadas y el inmigrante cumpla los requisitos aplicables. Martínez Sarmiento aseguró que acudió a la audiencia preparado para exponer esas circunstancias, pero sostiene que la decisión se produjo sin que pudiera explicar ampliamente su caso.

La petición bajo la Ley de Ajuste Cubano también la rechazaron

Además del asilo, Martínez Sarmiento intentaba conseguir la residencia permanente mediante la Ley de Ajuste Cubano. La legislación permite que determinados ciudadanos cubanos soliciten el ajuste de estatus después de estar físicamente presentes en Estados Unidos durante al menos un año, siempre que cumplan otras condiciones, incluida la forma en que las procesaron al llegar al país.

USCIS explica que, entre los requisitos generales, el solicitante debe haber sido inspeccionado y admitido o puesto en libertad bajo parole, además de ser admisible para la residencia permanente o tener disponible un perdón para ciertos motivos de inadmisibilidad. Ese requisito ha sido uno de los principales obstáculos para quienes recibieron un I-220A.

Martínez Sarmiento afirmó que el juez no reconoció su liberación como una entrada que le permitiera ajustar su estatus bajo la ley destinada a los ciudadanos cubanos. Su situación refleja una diferencia jurídica que ha tenido consecuencias profundas para miles de migrantes: haber sido liberado de la custodia de inmigración no significa necesariamente que recibió un parole.

¿Qué es realmente el formulario I-220A?

El formulario I-220A es una orden de libertad bajo palabra o reconocimiento propio. Permite que una persona detenida por las autoridades migratorias quede en libertad mientras continúa el procedimiento iniciado en su contra.

Quien recibe este documento puede permanecer fuera de un centro de detención, pero debe respetar determinadas condiciones. Entre ellas pueden encontrarse acudir a las citas con las autoridades, mantener actualizada su dirección, cumplir las órdenes de supervisión y presentarse a las audiencias judiciales.

El documento no representa la aprobación de una solicitud migratoria, tampoco concede la residencia ni elimina el proceso de deportación. En muchos casos, el I-220A confirma precisamente que la persona quedó en libertad mientras el gobierno intenta determinar si la deben expulsar o si reúne los requisitos para alguna protección.

Martínez Sarmiento recordó que, cuando lo procesaron tras ingresar a Estados Unidos, un funcionario le habría advertido que el documento estaba vinculado con un procedimiento de deportación. Según su versión, las autoridades le explicaron que podía continuar en libertad, pero que su permanencia dependería de la decisión final de la corte.

I-220A y parole: una diferencia decisiva

Uno de los puntos más importantes del caso es la diferencia entre un I-220A y un parole migratorio. El parole es una autorización discrecional que permite a una persona ingresar o permanecer temporalmente en Estados Unidos sin que necesariamente se le considere formalmente admitida. Aunque no es una visa ni una residencia, puede tener consecuencias importantes para determinados trámites migratorios.

El I-220A, en cambio, funciona como un documento de liberación de custodia. Por sí solo no certifica que la persona haya recibido parole. USCIS ha emitido avisos específicos relacionados con solicitantes cubanos cuyos ajustes fueron rechazados por no poder demostrar que habían sido admitidos o puestos en libertad bajo parole, incluso cuando contaban con un I-220A.

Esta distinción coloca a numerosos cubanos en una situación compleja. Aunque llevan años dentro del país, trabajan, pagan impuestos y tienen familias, no necesariamente cumplen el requisito técnico que les permitiría acogerse directamente a la Ley de Ajuste Cubano.

Por eso, muchos dependen del asilo u otra defensa ante la deportación. Cuando esas alternativas son rechazadas, pueden recibir una orden de expulsión aun después de haber permanecido durante años en Estados Unidos.

“Desde que entramos nos dijeron que era una deportación”

Martínez Sarmiento sostuvo que, desde el momento en que fue liberado, sabía que su caso no estaba completamente resuelto. «Este papel que te estamos dando es una orden de expulsión del país, pero te vamos a soltar en libertad bajo palabra», le habría dicho un agente de inmigración cuando entró al país.

No obstante, el migrante decidió continuar buscando vías legales para regularizarse. Durante ese período presentó solicitudes, contrató representación legal, recopiló documentos y esperó las diferentes audiencias programadas por la corte. La orden emitida en Miami confirmó, según su relato, el riesgo que había estado presente desde el comienzo del procedimiento.

Su experiencia también demuestra que tener autorización de empleo, número de Seguro Social o varios años de presencia en Estados Unidos no elimina automáticamente un caso de deportación. Esos documentos pueden permitir trabajar o cumplir determinadas obligaciones, pero no sustituyen una residencia, un asilo aprobado o cualquier otro estatus migratorio permanente.

Denuncia haber gastado miles de dólares

El cubano también expresó malestar por el costo económico acumulado durante el proceso. Afirmó que pagó aproximadamente 3,000 dólares por gestiones vinculadas con su solicitud de residencia y más de 1,000 dólares por trámites relacionados con apelaciones. A esas cantidades se sumarían los honorarios de representación legal y otros gastos derivados de la preparación del expediente.

Martínez Sarmiento cuestionó que los inmigrantes deban invertir miles de dólares en formularios, abogados, traducciones y recursos sin tener garantías de que sus solicitudes serán aprobadas. La decisión del juez realmente no me molesta, me molesta es por qué me haces perder el tiempo y mi dinero. Si ya tú sabes la decisión que vas a tomar, por qué mejor no me mandas la carta de deportación al correo y ya», agregó.

Sus declaraciones representan una valoración personal sobre el funcionamiento del sistema y no implican que todos los portadores del I-220A enfrenten exactamente los mismos costos o resultados. Los gastos pueden cambiar según la complejidad del expediente, las solicitudes presentadas, los honorarios del abogado, las tarifas gubernamentales y la necesidad de interponer recursos adicionales.

Aun así, el componente económico constituye una preocupación frecuente para las familias que deben sostener procesos migratorios prolongados y, al mismo tiempo, cubrir sus necesidades básicas en Estados Unidos.

La orden de deportación no significa una salida inmediata

Recibir una orden de deportación no implica necesariamente que la persona será expulsada ese mismo día. El resultado depende de si el inmigrante renuncia a su derecho de apelar, presenta el recurso dentro del plazo establecido o cuenta con otras acciones legales disponibles.

Martínez Sarmiento anunció que su abogada recurrirá la decisión. La apelación deberá presentarla ante la Junta de Apelaciones de Inmigración, organismo del Departamento de Justicia encargado de revisar decisiones emitidas por los jueces migratorios.

La mayoría de los recursos que llegan a la BIA se relacionan precisamente con órdenes de expulsión y solicitudes de protección rechazadas. Sus decisiones son vinculantes para los jueces de inmigración y funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional, salvo que sean modificadas por el fiscal general o revisadas por un tribunal federal.

La BIA no suele celebrar un nuevo juicio completo ni escuchar nuevamente todos los testimonios. Su función principal consiste en examinar el expediente, los argumentos escritos y la aplicación de la ley para determinar si existieron errores que justifiquen modificar la decisión.

La defensa dispone de un plazo limitado para apelar

Las normas de la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración establecen que el formulario EOIR-26 debe ser recibido por la BIA dentro de los 30 días calendario siguientes a la decisión oral del juez o al envío de la resolución escrita. No basta con enviar el documento antes del vencimiento. La Junta debe recibirlo dentro del período establecido.

En el recurso, la defensa puede sostener que el juez aplicó incorrectamente la legislación, no valoró adecuadamente las pruebas, restringió injustificadamente la presentación del caso o cometió errores procesales. También puede argumentar que la resolución no explicó suficientemente las razones para negar el asilo, el ajuste de estatus u otra protección solicitada.

La presentación de una apelación no garantiza que la orden será revocada. La BIA puede confirmar el fallo, devolver el expediente al juez para una nueva evaluación, modificar determinadas conclusiones o desestimar el recurso por razones procesales. Martínez Sarmiento admitió que se siente pesimista, pero afirmó que agotará las alternativas legales disponibles.

La apelación podría mantener el caso abierto

Cuando una persona presenta correctamente una apelación directa contra la orden de deportación de un juez, el caso continúa bajo revisión administrativa. La ejecución de la expulsión depende de las características del procedimiento, del estado del recurso y de las normas aplicables. Por ello, no todas las apelaciones o mociones producen exactamente el mismo efecto sobre una orden.

Las disposiciones sobre suspensiones automáticas y discrecionales varían según el tipo de decisión impugnada. La propia BIA distingue entre una apelación directa, una moción para reabrir un caso y otros recursos posteriores.

La defensa deberá evaluar no solo el plazo para presentar el EOIR-26, sino también si existen fundamentos para solicitar medidas adicionales destinadas a impedir una expulsión mientras se resuelve el litigio.

Después de una decisión de la BIA, algunos casos pueden llegar a un tribunal federal de apelaciones. Sin embargo, esa etapa está sometida a reglas estrictas y no todos los asuntos pueden ser revisados de la misma manera.

El adelanto de audiencias añade presión a los expedientes

Martínez Sarmiento sostuvo que el cambio de fecha dejó a su equipo legal con un margen reducido para organizar una defensa que incluía cientos de documentos. «Mi abogada se mató trabajando preparando el caso rápido porque me cambiaron la corte, la tenía para 2027 y me la pusieron en 2026, me avisaron con un mes de antelación», explicó. El adelanto de una audiencia puede tener efectos importantes, especialmente cuando el caso requiere recopilar pruebas en Cuba, localizar testigos, traducir documentos o conseguir informes especializados.

Una solicitud de asilo puede incluir denuncias, citaciones, fotografías, mensajes, publicaciones en redes sociales, certificados médicos, antecedentes de detenciones y declaraciones de familiares o personas que conozcan los hechos. También puede incorporar informes independientes sobre las condiciones del país y el tratamiento que reciben personas con perfiles semejantes al del solicitante.

Los abogados deben presentar esas evidencias dentro de los plazos establecidos por la corte. La entrega tardía puede provocar que ciertos documentos sean rechazados, salvo que el juez acepte una justificación. Por eso, cuando una audiencia programada para varios años después es adelantada, la defensa debe reorganizar rápidamente toda su estrategia.

En el caso de Martínez Sarmiento, esa presión aumentó su frustración porque, pese al volumen de documentación recopilada, asegura que no pudo desarrollar los argumentos ante el juez.

El caso no determina el futuro de todos los portadores del I-220A

Aunque la historia genera preocupación entre la comunidad cubana, una orden emitida en un expediente individual no significa que todos los migrantes con I-220A recibirán automáticamente el mismo resultado.

Cada procedimiento depende de las circunstancias personales, la documentación disponible, los antecedentes migratorios, la solicitud de asilo, las relaciones familiares y otras posibles formas de protección.

Dos personas con el mismo formulario pueden obtener resultados diferentes si una cuenta con un caso sólido de persecución, una petición familiar, un parole posteriormente reconocido u otra alternativa legal.

Por esa razón, los especialistas suelen advertir que no es recomendable tomar decisiones basadas únicamente en experiencias compartidas en redes sociales. Sin embargo, el caso sí confirma que el I-220A, por sí solo, no protege contra una orden de deportación ni concede acceso automático a la residencia.

Miles de cubanos continúan viviendo en incertidumbre

La controversia sobre el I-220A afecta a ciudadanos cubanos que ingresaron principalmente por la frontera sur y fueron liberados para continuar sus casos ante las cortes. Muchos llevan años trabajando y formando una vida en Estados Unidos, pero todavía esperan una decisión definitiva.

Algunos han logrado cerrar sus procedimientos o encontrar otras vías legales. Otros mantienen solicitudes de asilo pendientes, enfrentan apelaciones o han recibido órdenes de deportación.

La falta de un estatus permanente también tiene efectos familiares y emocionales. Las personas desconocen si podrán seguir trabajando, renovar ciertos documentos, viajar, reunificarse con sus familiares o permanecer junto a sus hijos y parejas.

La incertidumbre aumenta cuando las audiencias son adelantadas o cuando una interpretación jurídica limita las posibilidades de ajustar estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano.

Un caso que vuelve a encender las alarmas en la comunidad cubana

La experiencia de Alexander Martínez Sarmiento resume varias de las preocupaciones que rodean a los portadores del I-220A: el riesgo de deportación, la imposibilidad de ajustar estatus directamente, el costo de la representación legal y el temor de que una audiencia termine sin una revisión completa de las pruebas.

Su orden no es todavía necesariamente el último capítulo del proceso. La apelación permitirá a su defensa cuestionar la resolución y solicitar que una instancia superior examine la actuación del juez.

No obstante, el migrante permanece en una posición de vulnerabilidad. Después de años intentando regularizar su situación, deberá continuar invirtiendo tiempo y recursos sin saber si finalmente podrá quedarse en Estados Unidos.

Mientras la Junta de Apelaciones revisa el caso, Martínez Sarmiento seguirá enfrentando la misma pregunta que acompaña a miles de cubanos liberados con un I-220A: si podrán encontrar una vía legal para permanecer en el país o si terminarán sujetos a una orden definitiva de expulsión.


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