EE.UU. endurece las reglas para cubanos que solicitan visas desde terceros países: ahora deberán demostrar residencia

El Gobierno de Estados Unidos modificó las reglas para los cubanos que solicitan visas de no inmigrante desde un tercer país, estableciendo que quienes residan fuera de Cuba deberán realizar el trámite en la embajada o consulado estadounidense correspondiente a su país de nacionalidad o residencia y, además, demostrar que viven legalmente allí. La medida entró en vigor de forma inmediata tras una actualización publicada por el Departamento de Estado el 15 de julio.

La nueva orientación indica que los solicitantes deberán presentar evidencia de residencia cuando ese sea el motivo por el que eligieron una determinada sede consular. Aunque Washington no detalló qué documentos serán aceptados, aclaró que cada embajada o consulado podrá establecer sus propios requisitos.


¿Qué cambia para los cubanos?

La actualización afecta las solicitudes de visas de no inmigrante, incluidas las visas de turismo y negocios (B-1/B-2), así como las de estudiantes, trabajadores temporales y participantes en programas de intercambio.

Para los cubanos que continúan viviendo en la Isla, Georgetown, Guyana, seguirá siendo la sede designada para la mayoría de las entrevistas de visas de no inmigrante, debido a que la Embajada de Estados Unidos en La Habana continúa sin ofrecer servicios rutinarios para este tipo de trámites desde 2017, salvo excepciones limitadas.

En cambio, los cubanos que residen legalmente en un tercer país deberán acudir al consulado estadounidense correspondiente a ese lugar de residencia y estar preparados para demostrarlo.

Riesgo de perder el dinero pagado

El Departamento de Estado también advirtió que quienes soliciten una entrevista en un país distinto al de su nacionalidad, residencia o sede consular designada podrían enfrentar mayores tiempos de espera y más dificultades para demostrar que cumplen los requisitos de la visa.

Además, si el solicitante paga la tarifa en un consulado donde posteriormente no puede demostrar su residencia, el dinero abonado no será reembolsado ni podrá transferirse a otra embajada o consulado, obligándolo a iniciar nuevamente el proceso y pagar otra vez.


Las citas ya programadas, en principio, continúan

Según la actualización, las entrevistas ya agendadas generalmente no serán canceladas. Sin embargo, el Departamento de Estado señaló que algunos consulados podrían anular determinadas citas en casos específicos y notificar directamente a los afectados.

Se mantienen otras restricciones para los cubanos

Este cambio no modifica las restricciones migratorias que Estados Unidos mantiene para ciudadanos cubanos desde comienzos de 2026.

Los cubanos que soliciten visas de turismo, negocios, estudios u otras categorías continúan sujetos a las limitaciones establecidas por Washington, con excepciones para determinados casos, como residentes permanentes legales de EE.UU., ciudadanos con doble nacionalidad que utilicen un pasaporte de un país no afectado por la suspensión y otras excepciones previstas por las autoridades estadounidenses.

Asimismo, quienes resulten elegibles para recibir una visa B-1/B-2 podrían estar sujetos al programa de fianzas consulares, que permite exigir garantías económicas de 5.000, 10.000 o 15.000 dólares, dependiendo de la evaluación realizada por el funcionario consular.


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