Departamento de Estado confirma que terminó la pausa de visas de inmigrante para cubanos y otros 74 países

El Departamento de Estado de Estados Unidos confirmó oficialmente que dejó sin efecto la pausa que impedía emitir visas de inmigrante a ciudadanos de 75 países, entre ellos Cuba.

La aclaración aparece en una actualización publicada el 28 de agosto de 2026 en el portal oficial de visas del Gobierno estadounidense.


“Desde el 21 de agosto de 2026, de conformidad con la orden del tribunal en CLINIC et al. v. Rubio, et al., la pausa de enero de 2026 en la emisión de visas de inmigrante para nacionales de 75 países ya no está en vigor”, señaló el Departamento de Estado.

La confirmación representa un cambio importante para miles de personas que buscan emigrar legalmente a Estados Unidos mediante peticiones familiares, procesos laborales y otras categorías de residencia permanente.

¿Qué significa la decisión para los solicitantes cubanos?

La pausa había entrado en vigor el 21 de enero de 2026 y bloqueaba la emisión de visas de inmigrante a ciudadanos de países considerados por el Gobierno como de “alto riesgo” de depender de beneficios públicos.

Cuba figuraba en la lista junto con naciones como Colombia, Brasil, Nicaragua, Haití, Jamaica, Guatemala, Rusia, Irán, Afganistán y Venezuela.

Con la eliminación de la pausa, el Departamento de Estado ya no puede mantener paralizada una solicitud o impedir la emisión de una visa únicamente porque la persona sea ciudadana de alguno de esos países.


Los expedientes deberán regresar al sistema normal de evaluación, en el cual los funcionarios consulares analizan individualmente si cada solicitante cumple los requisitos establecidos por la ley.

Esto no significa que las visas serán aprobadas automáticamente. Los solicitantes todavía deberán superar las verificaciones de seguridad, demostrar que reúnen los requisitos de la categoría migratoria correspondiente y cumplir las normas relacionadas con la posible carga pública.

Entrevistas y solicitudes podrán continuar

El Departamento de Estado explicó que los ciudadanos de los países incluidos en la antigua pausa pueden presentar sus solicitudes y asistir a sus entrevistas consulares.

La agencia también aseguró que continuará programando entrevistas para visas de inmigrante.

Esta aclaración es especialmente relevante después de que algunos solicitantes recibieran avisos de aplazamiento o reprogramación de citas consulares. Cualquier interrupción temporal relacionada con capacitación de funcionarios o cambios operativos sería distinta de la pausa para los 75 países que fue anulada por el tribunal.

La actualización oficial establece que esa política específica ya no está vigente.

Estados Unidos mantendrá controles de carga pública

Aunque eliminó la suspensión general basada en la nacionalidad, el Departamento de Estado indicó que continúa revisando sus políticas de investigación y verificación.

La administración del presidente Donald Trump sostiene que los inmigrantes deben ser económicamente autosuficientes y no convertirse en una carga financiera para los contribuyentes estadounidenses.

Esto significa que los funcionarios consulares podrían mantener o reforzar el análisis de factores económicos, familiares y personales al decidir cada solicitud.

La diferencia fundamental es que esas evaluaciones deberán realizarse de manera individual. La nacionalidad del solicitante, por sí sola, ya no puede utilizarse para bloquear automáticamente la emisión de una visa bajo la política anulada.

Las visas de turismo no estuvieron incluidas

El Departamento de Estado también aclaró que la pausa se aplicaba exclusivamente a visas de inmigrante, es decir, aquellas destinadas a personas que buscan establecerse permanentemente en Estados Unidos.

Las visas de turismo B-1/B-2 son consideradas visas de no inmigrante y no estuvieron afectadas por esta medida.

La agencia agregó que ninguna visa de inmigrante que ya estuviera vigente fue revocada como consecuencia de la política de enero.

El fallo no elimina todas las restricciones para los cubanos

La eliminación de la pausa de los 75 países no debe confundirse con la cancelación de todas las restricciones migratorias que puedan afectar a los ciudadanos cubanos.

Existen otras medidas independientes, incluida la Proclamación Presidencial 10998, que deben analizarse separadamente según la categoría de visa, la relación familiar del solicitante y las excepciones disponibles.

Por esa razón, el fin de la pausa no garantiza que todos los cubanos que tramitan una visa de inmigrante puedan recibirla inmediatamente. Cada caso dependerá de las normas y restricciones que continúen vigentes.

Sin embargo, la actualización sí elimina un obstáculo significativo: los casos ya no pueden permanecer congelados exclusivamente por formar parte de la lista de 75 nacionalidades.

Los solicitantes deberán seguir las instrucciones del Centro Nacional de Visas y de la embajada o consulado encargado de sus expedientes. Quienes tengan una entrevista programada deben acudir, salvo que reciban directamente una notificación oficial de cancelación o reprogramación.

La información completa puede consultarse en la actualización oficial del Departamento de Estado.


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