
Una cubana que entró a Estados Unidos hace tres años y permanece bajo un formulario I-220A compartió el alivio que sintió después de acudir a su primera cita ante la Corte de Inmigración de Miami y descubrir que la audiencia no se celebraría ese día. Según su testimonio, el juez concedió un plazo para que su abogado presente por escrito los argumentos que pensaban exponer durante la comparecencia.
La mujer llegó al tribunal acompañada por su abogado y visiblemente nerviosa. Había sido citada para las 8:00 de la mañana y, aunque arribó alrededor de las 6:00, encontró una fila que calculó entre 300 y 400 personas. Aseguró que el acceso estaba organizado por grupos según la hora de cada audiencia y que el ambiente se mantuvo tranquilo.
“Todavía estoy temblando, todavía no me lo creo”, dijo al comenzar el video. La emoción cambió cuando una empleada del tribunal comenzó a identificar a las personas que tenían representación legal. Al mencionar su abogado el nombre y el número de extranjero de la joven, les informaron que podían marcharse.
El tribunal pidió que los argumentos fueran presentados por escrito
De acuerdo con el relato, la noche anterior se había emitido una comunicación que modificaba el trámite previsto. En lugar de comparecer ante el juez, la defensa recibió un plazo de 30 días para enviar por escrito las respuestas y los argumentos que iba a presentar durante la audiencia.
La cubana señaló que debe entregar esa documentación antes del 19 de octubre. Después de recibirla, añadió, el juez tendría hasta 60 días para responder y comunicar cuál será la fecha de su próxima audiencia.
El cambio no representa una aprobación definitiva de su caso ni el cierre del proceso migratorio. Sin embargo, tanto ella como su abogado interpretaron la decisión como un respiro porque les permite ganar tiempo, preparar mejor la estrategia y observar cómo evolucionan las disputas legales relacionadas con las personas liberadas con I-220A. “No es un sí rotundo, pero se gana muchísimo tiempo”, expresó. También contó que su abogado le recomendó estar contenta porque consideraba favorable el margen adicional concedido por el tribunal.
Una audiencia que primero sería virtual y terminó programada en persona
La mujer explicó que anteriormente había presentado una moción para participar mediante videollamada. Esa petición, según dijo, fue aprobada el 28 de julio. No obstante, acudió físicamente al edificio tras recibir la indicación de que su comparecencia debía realizarse en persona.
Conviene precisar que la información oficial disponible no respalda la existencia de una prohibición absoluta de todas las audiencias virtuales en Miami. La Oficin Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración mantiene publicados enlaces para audiencias por internet de jueces asignados a esa corte. EOIR también advierte que las personas sin abogado tienen como modalidad predeterminada la comparecencia presencial y recomienda contactar directamente al tribunal cuando exista alguna duda sobre el formato de una audiencia.
Por tanto, la orden o comunicación recibida por esta cubana debe entenderse dentro de las circunstancias específicas de su expediente. Una moción aprobada previamente, una notificación electrónica o un cambio observado en el sistema no deben darse por definitivos sin revisar la orden más reciente del juez y confirmar la información con el abogado o con la corte.
La I-220A no concede estatus migratorio ni garantiza residencia
El formulario I-220A, conocido como orden de libertad bajo palabra, documenta la liberación de una persona mientras continúa sometida a un proceso migratorio. No equivale a una residencia permanente, un permiso de entrada formal ni una decisión favorable sobre el fondo del caso.
Para miles de cubanos, la clasificación recibida al salir de la custodia migratoria ha provocado años de incertidumbre. Muchos buscan ajustar su estatus al amparo de la Ley de Ajuste Cubano, mientras sus abogados discuten si las circunstancias de su liberación pueden ser reconocidas como un “parole” válido para cumplir uno de los requisitos de esa vía migratoria.
El desenlace depende de los antecedentes individuales, los documentos de entrada, las solicitudes presentadas, las decisiones de las agencias y los criterios que apliquen los tribunales. La experiencia de una persona con I-220A no permite anticipar lo que ocurrirá en otro expediente, incluso cuando ambos casos estén radicados en la misma ciudad.
@lagaviota_99 Mi experiencia como I220A en mi primera corte#i220a #cubanosi220a #cortedeinmigración #ice #fyp ♬ sonido original – lagaviota_99
La joven asegura que no vio arrestos en el tribunal
Uno de los puntos que más atención generó en el video fue su descripción de la seguridad y el ambiente alrededor de la corte. La cubana afirmó que durante el tiempo que permaneció allí no vio a personas detenidas y que todo transcurrió con normalidad.
“No te preocupes, no están arrestando a nadie, por lo menos por lo que yo vi”, comentó al dirigirse a otros inmigrantes con I-220A que tengan próximas audiencias en Miami.
Esa observación refleja únicamente lo que presenció durante una mañana concreta y no constituye una garantía para futuras comparecencias. La presencia o ausencia de agentes, así como cualquier actuación de las autoridades, puede variar según la persona, sus antecedentes, la existencia de órdenes previas y las decisiones operativas de cada agencia.
La Corte de inmigración de Miami funciona en One Riverview Square, en el 333 de South Miami Avenue. El tribunal informa que el acceso a los pisos comienza a las 7:30 de la mañana y que todos los visitantes deben pasar por controles de seguridad. También prohíbe utilizar cámaras o dispositivos de grabación dentro de las salas y otras áreas de EOIR.
Qué deben hacer quienes tengan una audiencia próxima
El principal mensaje práctico del caso es que ningún inmigrante debe dejar de acudir a una cita porque otra persona haya recibido un aplazamiento o autorización para presentar argumentos por escrito. Cada expediente tiene órdenes y fechas propias, y faltar sin autorización puede traer consecuencias graves, incluida una orden de deportación en ausencia.
Las personas con una audiencia próxima deben revisar la notificación más reciente, confirmar la fecha y la modalidad con su representante legal y conservar copia de cualquier orden o moción aprobada. También pueden consultar el Sistema Automatizado de Información de Casos de EOIR mediante su número de extranjero. La propia agencia aclara que ese portal ofrece información básica y que las órdenes entregadas al inmigrante o a su abogado son las determinaciones oficiales.
Si existen contradicciones entre el portal, una carta y lo comunicado por el abogado, lo prudente es contactar a la corte antes de la cita. El tribunal de Miami publica el teléfono 305-789-4221 y el correo Miami.Inmigration.Court@usdoj.gov para consultas generales, aunque no acepta documentos enviados electrónicamente salvo que el personal o el juez los haya solicitado expresamente.
Un respiro, pero el caso continúa abierto
La cubana terminó su relato mucho más tranquila de lo que había comenzado. Tras semanas de ansiedad por la cita, salió del edificio sin una decisión adversa y con tiempo adicional para preparar la presentación escrita junto a su abogado.
Su experiencia ofrece alivio a quienes temen acudir a la corte, pero también deja una advertencia: el resultado de esa mañana no puede convertirse en una regla para todos los portadores de I-220A. En su caso hubo un cambio procesal y una nueva oportunidad para argumentar; la decisión de fondo todavía está pendiente.
“Vine muy nerviosa, pero ya me voy contenta”, resumió. Ahora deberá cumplir el plazo indicado y esperar que el juez determine el próximo paso de un proceso migratorio que, tres años después de su llegada a Estados Unidos, continúa sin resolución definitiva.





