
¿Que considera la Aduana de Cuba efectos personales? todos aquellos productos que por su naturaleza y cantidad puedan ser utilizados por el viajero durante el periodo de su estancia según publica en su página web.
Los artículos considerados efectos personales son:
- Joyas y prendas de uso personal
- Ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean en cantidades que hagan suponer su uso personal.
- Una cámara fotográfica o de video portátil y sus accesorios.
- Un Reproductor de multimedia digital portátil, junto a su respectivo juego de audífonos portátiles y sus accesorios.
- Un teléfono móvil (celular),
- Un aparato de televisión portátil,
- Una computadora personal portátil,
- Artículos para la transportación, entretenimiento, alimentación y cuidado de los niños, conforme a la edad.
- Hasta una cantidad que no exceda, por persona adulta, de 400 unidades de cigarrillos; 500 gramos de tabaco de pipa; 50 unidades de puros y 2.500 centímetros cúbicos de bebidas alcohólicas.
- Medicamentos, en cantidades necesarias sólo para uso personal del viajero y conforme a la respectiva receta médica, así como un aparato para medir presión arterial o glucosa en sangre, así como otros portátiles similares para análisis médicos y sus reactivos.
- Libros y folletos, así como los diarios, impresos, revistas y composiciones musicales.
Si se viaja con menores de dos años:
- 2 Unidades de Juguetes
- 2 unidades de juegos o instrumentos eléctricos o electrónicos para su uso personal.
-
Tratándose de bebés, se incluyen además entre otros, los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, y sus accesorios, como son:
- Una silla,
- Una cuna portátil,
- Una carriola,
- Una andadera,
Si el que viaja al país es un turista extranjero además se le permite entrar como efectos personales:
- Un reproductor portátil de discos compactos (CD) y/o DVD’s o similares, junto a su respectivo juego de audífonos portátiles y sus accesorios.
- Prismáticos o binoculares de uso personal.
- Un receptor de televisión portátil, Un computador portátil de uso personal
- Una máquina de escribir portátil; Una tienda de campaña y el equipo para acampar;
- Artículos para deportes (un juego de avíos para la pesca, una bicicleta sin motor, una canoa o kayac de menos de 5,50 metros de largo, un par de esquíes, dos raquetas de tenis, y otros artículos similares).
- Un par de walkie-talkies
Todos aquellos artículos que no estén en las listas anteriores o estén en una cantidad desproporcionada no será considerado efectos personales por la Aduana de Cuba.





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