Beneficios de la Ley de Ajuste Cubano

La ley de Ajuste Cubano esta siempre en el debate de todos los cubanos que piensan en llegar a Estados Unidos buscando la libertad y una vida mejor. Muchos confunden la Ley de Ajuste Cubano con pedir asilo en los Estados Unidos y son dos cosas totalmente diferentes.

Los beneficios de la Ley de Ajuste Cubano permite a los cubanos ajustar estatus en los Estados Unidos una vez transcurrido un año y un día de permanencia continua en los Estados Unidos sin importar la manera en cómo llegaron al país. Asilo es el pedido que deben hacer los cubanos en el punto de entrada (Frontera) a los oficiales de inmigración, los que pidan asilo deben convencer a los oficiales de inmigración de que existe un miedo creíble para no regresar a Cuba, que en el caso de los cubanos no es difícil de demostrar.


Una vez iniciado el proceso de asilo, los cubanos bajo la Ley de Ajuste Cubano tiene la ventaja de que al año y un día podrían solicitar la residencia permanente, para esto deben demostrar que estuvieron un año y un día en el país y no tener ningún problema legal que afecte su aplicación a la residencia permanente o Green Card.

La política de «pies secos y pies mojados» se refiere a una directiva de solo otorgarles asilo a los cubanos que logren llegar a territorio físico de Estados Unidos, no a aguas territoriales. Esto se hizo con el objetivo de cumplir con los acuerdos migratorios con Cuba y cortar la migración ilegal por mar, los famosos balseros, pero ha hecho que muchos más cubanos lleguen por las fronteras con México y Canadá.

Al pedir asilo lo normal es que en el caso de los cubanos el proceso dure algunas horas, una vez que se le realicen las entrevistas correspondientes por los oficiales de Inmigración se le otorgara un Parole (I-94) que les permitirá estar legal en los Estados Unidos y obtener autorización para Trabajar, para trabajar deben aplicar para obtener el permiso de trabajo. Un consejo bien importante es que a pesar de todos los beneficios de la Ley de Ajuste Cubano nunca deben mentir a un oficial de inmigración, mentir a un agente Federal es un delito grave en este país y acabaría con las esperanzas de tener una vida digna en este gran país.


303 Comentarios

  • alejandro julio 20, 2011

    Javier:
    Yo no he pasado por eso, pero por todo lo que he leido en el foro, lo primero es que no se debe mentir. Entiendo que en algún momento te preguntara´n o tendrás que llenar una hoja donde te pregunten esto claramente, tambien puede ser que te pregunten si haz entrado alguna vez a USA. Debes decir la verdad al respecto, además como te digo según he leido y experiencias de otros amigos, lo anterior no te afecta en nada. Aqui lo importante para obtener el parole es que tu seas cubano, y tengas como demostrarlo en ese momento, y de preferecencia no hayas cometido delito alguno. Por supuesto que puede ser que te pregunten porque has visitado antes USA u otros pais, pero eso fue antes, las causas pueden haber sido unas y ahora TU debes declarar otras que son las que te llevan a pedir el asilo politico en USA. (deberas decir lo necesario para dejar claro que no puedes regresar a cuba, eso es fácil y tambien lo nececsario para no poder regresar a el país de tu segunda nacionalidad, tambien siempre hay que decir, en el caso de Mx). Te repito evita a cualquier costa decir una mentira, mas si no es necesaria. Por tanto te invito a que leas el otro foro que se llama Ley de Ajuste Cubano, es mucho mas amplia y con un buen de experiencias de todo tipo, trata de leer todo lo que puedas auqnue lo mejor es enfocars en el caso particular de unoi creo. Suerte!!

  • Joys julio 20, 2011

    hola mi esposo ,mi hijo de 15 años y yo somos cubanos de nacimiento tenemos la nacionalidad española y queremos ir a miami a vivir,tenemos toda nuestra documentacion cubana,pasaporte,carnet,etc,pero me gustaria saber si entrando por el aeropuerto con pasaporte español pues es la unica manera de poder viajar,me gustaria saber como puedo acogerme a la ley de ajuste cubano o asilo,para poder quedarme en miami con mi familia y no tener problemas por haber entrado como turista,como tengo que hacer,adonde dirigirme en el momento que entre,por que tengo mil dudas y al ir con mi hijo menor es logico estar preocupada,sin más les agradeceria cualquier información.

  • javier julio 19, 2011

    Alejandro
    Muchisimas Gracias
    Pero entonces si puedo decir que tengo la ciudadania mexicana y que por eso tengo tantas entradas en mexico y que me demoro en salir etc es que todo aparece reflejado en el pasaporte

  • alejandro julio 19, 2011

    Javier:
    sin importar la doble nacionalidad que puedas tener, tu debes de presentarte con tu pasaporte cubano y el acta de nacimiento de preferencia, esto podrá acreditar que eres cubano de nacimiento y tienes derecho a pedir asilo politico, como cualquier otro individuo de cualquier país, nada mas que tu por ser cubano existen evidencia mejor fudamentadas que si regresas a cuba eres un perseguido, ellos te daran un parole, y con esto podrás permanencer legal en USA hasta transcurridos los 365 dias a partir del cual te podrás entonces acoger a la ley de ajuste cubano que es otra cosa, pero es la que usamos para tramitar nuestra residencia.
    Esto es mas o menos lo que sé, si te metes al foro y lees con calma encontrarás esto que te explico en breve, con mas detalles así como consejos y anecdotas de casos tanto similares como otros distintos, es cosa de leer con calma. Está este foro y el otro que se llama Ley de Ajuste…. y es mas consultado. suerte!!

  • javier julio 19, 2011

    Hola
    Vivo en Mexico hace 2 años y tengo la ciudadania mexicana.
    Me gustaria cruzar a los Estados Unidos por la frontera,
    pero tengo algunas dudas. Agradeceria mucho quien me pueda ayudar a aclararlas.
    1- Cuando cruce que debo decir. La verdad o que acabo de llegar de Cuba. Es que muchas personas me dicen que no debo decir que vivi aca, ni que tengo ciudadania por la cuestion mexico-estados unidos
    2- En caso de no tener a nadie alla que me recoja a donde me envian?

  • mirttha julio 18, 2011

    hola quisiera saber si me pueden informar sobre la reclamacion de conyuggue e hijos menosres atraves de las oficinas de refugiados politicos y que tiempo se demora despues de haber comenzado los tramites y la primera entrevista de la persona que es recidenre de alla gracias

  • alejandro julio 15, 2011

    X-dbu:
    Tu comentario mas o menos coincide con lo que pienso. Además para que exponer a toda la familia a esa presión que se pasa en la garita con los agentes fronterizos. También se que finalmente el extranjero no tiene derecho a la ayuda, pero me queda la duda si valdrá la pena mi hijo si venga conmigo pues él tendría derecho a la ayuda, que posteriormente se tramita y además entiendo su trámite iría junto con el mío.Además habrá que tener cuidado que decir respecto a los demás que pasaron como turista para evitar caer en mentiras que pudieran afectar el proceso posteriormente. suerte!!!

  • x-dbu julio 14, 2011

    Alejandro,
    Yo estoy en tu misma situación, el consenso general por lo que he leído aquí es que es mejor que tu familia entre ANTES con sus visas, luego vas tú y pides el asilo. Hay varios relatos de personas que intentaron entrar con sus familias extranjeras y les dijeron que sus cónyuges no eran elegibles (los hijos casi siempre sí), así que no creo que sea una opción muy segura.

    Yo me voy a lanzar en un par de meses máximo y escribiré aquí como me fue.

  • marlen maria julio 12, 2011

    hola!!saludos!e encontrado esta pagina por casualidad buscando aclarar dudas con respecto a lo siguiente si me pudieran ayudar a esclareser las dudas por favor les estare infinitamente agradesida..mi hija tiene 21 anos y es cubana con nacionalidad italiana tambien ella quiere emigrar a los estados unidos ella podria entrar a los estados unidos coo cuidadana italiana con la visa waiver y ahi en el aeropuerto de miami ensenar el pasaporte cubano y pedir asilo ?como seria esto?y que satifactorio seia?mi preocupacion es que ella no llegaria de cuba directamente!!bueno espero por favor que me puedan ayudar estoy muy preocupada ..muchas grasias..saludos

  • alejandro julio 11, 2011

    Soy cubano de nacimiento y vivo en mexico, hace 11 años,naturalizado, con esposa e hijos menor de edad mexicanos. Todos tenemos visa B2. Por la condición que vive el país de violencia queremos ir a vivir a USA. Si solicitamos asilo politico en la frontera, todos tenemos derecho acogernos y recibir un parole? Es esa via mas segura para un futuro con status legal que si mi familia viaja por aeropuerto como turista? Si alguien sabe puede ayudarme y decir que documentos debo presentar.

  • Oscar julio 7, 2011

    Leisis:
    ¿qué quieres decir con «entrando por vía legal»?
    ¿te refieres entrando después de haber sido inspeccionada por un oficial de inmigración ó quieres decir entrando con visa?
    Si entras admitida como noinmigrante porque tienes una visa (ó con visa waiver si tienes una nacionalidad que lo permita además de la cubana ó sin visa porque tienes pasaporte canadiense), ó recibes el parole en la frontera, al año y un día podrás solicitar el ajuste cubano.
    Ahora antes de transcurrir el año puedes acceder a otras facilidades en función de cual sea la vía exacta con la que entraste a los Ee.UU.
    Si explicas un poco mejor lo que tienes pensado hacer se te podrá dar una respuesta más exacta a tu caso particular.

  • Oscar julio 7, 2011

    César:
    No queda claro que se le deniegue el parole a alguien que ingrese con visa B2 y solicite asilo en frontera en lugar de admisión como no-inmigrante. De hecho acá se han expuesto historias de personas que lo han hecho y les ha salido bien.
    Con relación a apelar una denegatoria de parole en frontera,lamentablemente el otorgar el parole es un acto que la ley reserva a discreción del servicio de inmigración y la ley no contempla la posibilidad de apelar esa decisión. Lo que sí puede llevar a un juez es la petición de asilo, en esos casos si no se les otorga el parole la persona probablemente se mantenga detenida hasta que un juez decida finalmente si otorgarle la condición de asilado ó no. Si el juez la otorga se libera a la persona y si la deniega se le inicia el proceso de expulsión a las personas.
    La no posibilidad de apelar una denegación de parole no es la única circunstancia de no apelacion que se da en la ley, de hecho una denegatoria de una visa de no-inmigrante tampoco es apelable, sino que la persona el único modo que tiene de contestar esa denegatoria es solicitando una nueva visa y demostrando que sus circunstancias han cambiado y que entonces merece que la visa le sea otorgada.

  • leisis julio 7, 2011

    hola yo soy cubana`pero vivo en españa y quiero saver si entrando a los estados unidos por la via legal tengo los mismos derechos q cualquier cubano q valla desde cuba.

  • Luis Jorge julio 7, 2011

    Mi esposa en cubana y yo mexicano ella quiere irse a USA por la frontera de texas, mi pregunta es cuando ella llegue a migracion y pase caminando por le puente que es lo que tiene que decir que es cuabana y se acoje a la ley de ajuste cubanao o pide asilo??? ella tendria algun problema si tiene permiso en mexico de residencia?? puede mencionar que esta casada con un mexicano y fue por la via del matrimonio con le mexicano que pudo salir de cuba para despues irse a USA???

  • cesar julio 4, 2011

    la cuestion es por que un cuidadano cubano naturalizado en un pais el cual esta exento de visado españa italia por ejemplo para entrar en usa puede solicitar parole en la frontera y otro que venga con visado de turista b2 se le deniega y nadie haya cuestionado esto ante un juez federal pueden variar las codiciones de un individuo despues de la entrevista de visado una vez sea otorgado yo opino que esta laguna legal puede properar antes un juez

  • melissa julio 1, 2011

    Qué me recomiendan,entrar por frontera o llegar al aeropuerto y pedir asilo………..??????
    Por favor si conocen del tema me interesa……gracias……….

  • teresita junio 6, 2011

    Hola soy cubana y tengo la ciudadanía colombiana, pero también tengo visa por 10 años en los estados unidos.
    Quisiera radicarme en los EUA, pero dicen que como tengo visa no puedo acogerme a la ley de ajuste.
    Gracias, estoy desesperada porque alguien me informe

  • Oscar junio 6, 2011

    Frank:
    Deben comprar un pasaje de ida y vuelta, porque no olvides que en principio vas a Canadá como turista, te digo esto porque las autoridades canadienses son bien rigurosas con eso, y en cierto sentido se puede decir que muchas veces es más difícil entrar a Canadá que a los EE.UU.
    En cuanto a las ayudas, quizás te den sellos para alimentos y una cantidad limitada en efectivo, que será proporcional al tamaño de tu grupo familiar.
    Seguro al entrar a los EE.UU tendrás que declarar que además tienen nacionalidad israleita, ya que siempre te preguntan si tienes otra nacionalidad y no debes mentir.
    El permiso de trabajo suele procesarse antes de los 4 meses de solicitado.
    Por si acaso trata de llevar suficiente dinero para hacer frente a los primeros días, porque cada trámite se toma su tiempo.

  • frank junio 5, 2011

    Oscar, si mi esposa es cubana, mi hijo el mayor que tiene 11 es cubano y los otros 2 son de nacionalidad Israeli, nosotros todos tambien tenemos ciudadania Israeli es decir tenemos pasporte cubano e Israeli, solo los dos pequenos tienen pasaporte solo israeli. Como israelita puedo entrar a canada sin visa. Solo comprar el pasaje y ya. Su repuesta la entiendo, lo que me gustaria que me ampliara ya que hay no estoy muy claro en cuales son las ayudas que uno recibe, en el estatus de refugiado, y si el tramite de permiso de trabajo se demora mucho. es que me gustaria estar informado ya que viajo con una bebe de 9 meses, uno de 8 y el de 11.
    Muchas gracias

  • Oscar junio 5, 2011

    Frank:
    Entiendo que tu esposa también es cubana. No sé cual nacionalidad tendrán tus hijos nativos de Israel, pero siendo menores es irrelevante.
    Lo que tienen que hacer, en caso de que tu esposa sea cubana, es pedir todos asilo político en la frontera. Si todo sale bien se les otorga a todos un parole, con lo cual pueden solicitar el permiso de trabajo y seguramente también recibirán ayudas temporarias. Al año y un día todos solicitan la residencia por ajuste cubano. No sé como te las arreglas para entrar a Canadá, pero imagino que ese problema esté resuelto.

  • frank junio 5, 2011

    Hola Oscar:

    me gustaria hacete unas preguntas de mi caso para que me pudieras aclarar algunas dudas. Yo vivo en Israel desde hace 11 anios, con mi esposa y un hijo cubano, aqui nacieron dos mas. Queremos imigrar a USA, alla tengo mi mama que vive en texas hace 2 anios. como tengo familia an canada, pienso viajar a toronto, visitar mi familia y despues entrar por bufalo. Mis dudas son estas: 1- despues de pedir asilo en la frontera te dejan mucho tiempo ya que mi cunado me pasara las maletas en su carro y me estara esperando en territorio estadounidense. 2- reciben alguna ayuda fisica como una recidencia temporal por lo menos los primeros meses, u otra cosa. y si es asi yo podria ir o pedir algo cerca de ese estado. Yo lo digo ya que voy con 3 hijos y me gustaria estar bien informado. Gracias de antemano por todo la informacion que he leido de sus articulos en estos comentarios.
    Que Dios lo bendiga, Frank

  • Daniel mayo 23, 2011

    Muchas gracias Oscar, eres muy amable. Te seguire contando como van las cosas. Alejandra

  • Elo mayo 23, 2011

    Gracias Oscar.

  • Oscar mayo 22, 2011

    Elo:
    Nunca se puede dar una respuesta a priori en ese caso. Pero hay casos como el tuyo en los que ha funcionado, uno incluso entrando por el aeropuerto de Miami. Sólo debes mostrar los pasaportes cubanos al momento de solicitar el asilo en frontera.
    También puedes entrar como turista, seguro te darán 6 meses de autorización, después quedas ilegal por 6 meses hasta completar el año. Con eso obviamente no podrás obtener permiso de trabajo, ni sacar licencia de conducir. Si ésa opción fuera factible para ustedes, sería un modo sencillo de ingresar a los EE.UU , algo esencial para el ajuste cubano cuando se cumpla el tiempo.

  • Elo mayo 22, 2011

    Hola Oscar:
    Quisiera hacerte una pregunta,soy cubana vivo en republica dominicana,mi hijo y yo somos ciudadanos dominicanos y tenemos visa americana por 10 años en el pasaporte dominicano.Quiero cruzar por la frontera hacia los estados unidos,pero me da temor que por tener esa visa de 10 años, no me quieran dar asilo politico.Te agradeceria cualquier informacion que me puedas dar sobre esto.

    Gracias

  • Oscar mayo 19, 2011

    Hola Alejandra:

    Las vacunas te las ordena el médico que te hace el chequeo cuando vayas a verlo. Tu historial de vacunas sí te sirve mientras lo puedas acreditar , entonces terminarás poniéndote sólo las vacunas que realmente no te has puedo (si hubiese alguna), ó las que requieren reactivación. También es probable que alguna vacuna que no te hubieras puesto nunca tampoco sea necesario ponértela debido a tu edad, pero eso te lo responderá el médico.
    Con relación a la clínica, nadie te hará problemas por tu condición migratoria, además casos como el tuyo los hay a diario.
    También tendrás que obtener el certificado de buena conducta (police clearance) de la policía de todos los condados donde has residido por más de 6 meses desde tu llegada a EE.UU, aunque son autoridades no hay que preocuparse, porque no son de inmigración.

  • Daniel mayo 19, 2011

    Ah, encontre en esta misma pagina otro foro sobre la ley de ajuste cubano, llevo leidas solo 2 paginas pero no he encontrado nada sobre las vacunas, seguire leyendolo, porque esta interesante. Gracias de nuevo

  • Daniel mayo 19, 2011

    Hola Oscar
    La cita con el abogado la hemos tenido que posponer para primeros de junio, asi que eso queda pendiente.
    Tengo otra duda que me preocupa, espero que me puedas ayudar. Es sobre las vacunas. Para ser elegible para la residencia necesito tener todas las vacunas puestas, me sirve mi cartilla de vacunacion de España? Me convalidarian las vacunas que ya tengo puestas? Yo naci en el año 86. De no ser asi me las tendria que volver a poner, que no me hace mucha gracia pero bueno.Mi duda es si al estar ilegal puedo ir a una clinica para que me vacunen? Mi marido esta yendo a la clinica de refugiados y va a preguntar alli. Muchas gracias!! Alejandra.

  • YENNY GONZALEZ mayo 18, 2011

    HOLA, MI MARIDO Y YO SOMOS CUBANOS, VIVIMOS EN ESPAÑA CON RESIDENCIA Y TENEMOS UN NIÑO DE 2 AÑOS QUE ES CIUDADANO ESPAÑOL, TENEMOS FAMILIA EN ESTADOS UNIDOS Y QUIEREN QUE VAYAMOS A VIVIR ALLA,TENGO VARIAS DUDAS:1.QUE VIA ES LA MAS SEGURA PARA PODER ACOGERNOS A LA LEY DE AJUSTE CUBANO,2. SIENDO MI HIJO ESPAÑOL DE NACIMIENTO NO TENDRIA NINGUN PROBLEMA PARA APLICAR POR NOSOTROS, NO ENTIENDO BIEN TODA ESTA CUESTION Y QUISIERA ME LAS ACLAREN PUES TODO EL MUNDO ME DICE ALGO DIFERENTE, COMO QUE ME QUITAN A MI HIJO Y LO MANDAN DE VUELTA A ESPAÑA. AGRADECERIA TODA LA INFORMACION POSIBLE. GRACIAS

  • Daniel mayo 15, 2011

    Hola Oscar
    Soy la esposa de Daniel, Alejandra,queria agradecerte la informacion que nos has dado, muchas gracias por la esperanza que me has dado. Porque despues que me dijo ese hombre, que tendria que esperar hasta su ciudadania, me dejo con las piernas temblando. Yo entre sin visa, por el programa waiver un dia antes que mi marido, puesto que despues no me hubieran dejado entrar. Y nos casamos en España hace 6 años. Como pruebas de nuestro matrimonio habia pensado el libro de familia nuestro y quizas fotos tambien. Espero que no nos pongan trabas. Oscar gracias, se ve que sabes de lo que hablas, cuando vayams a la cita con el abogado escribiremos lo que nos cuente por si alguien esta en una situacion parecida.

  • Oscar mayo 14, 2011

    Daniel:
    Para aplicar por ajuste cubano es irrelevante que tu esposa esté ilegal en los EE.UU unidos. Además que la barrera por tiempo de permanencia ilegal sólo es válida cuando la persona ha reingresado a los EE.UU una vez que antes estuvo ilegal, y las barreras sólo aplican si estuvo ilegal por más de 6 meses (barrera de 3 años) ó por más de un año (barrera de 10 años).
    Si ella ingresó , se quedó ilegal y no ha salido del país tal barrera no aplica para el ajuste cubano.
    Los requisitos que ella debe cumplir son:
    -Haber sido admitida ó recibido parole despué del 1ro de enero de 1959 (entiendo que fue admitida por el visa waiver program)
    – Haber residido durante más de un año en los EE.UU con su esposo cubano (quien también fue admitido ó recibido parole después de esa fecha y quien además ha residido al menos un año en los EE.UU)
    -Que tanto tu esposa como tú sean elegibles para la residencia permanente.

    Si es así, no hay ningún inconveniente para que tanto ella como tú soliciten el ajuste estado a residente permanente por la ley de ajuste cubano. Es cierto que las adjudicaciones de ajuste cubano involucran la discreción del servicio de inmigración, pero por lo que cuentas los requisitos estatutarios tu esposa los cumple (eso siempre que no haya salido del país y reingresado después de haber estado ilegal por más de 6 meses)

  • Daniel mayo 14, 2011

    Hola Oscar

    Muchas gracias por la informacion.
    Hace unos dias tuvimos una consulta con una consulta de inmigracion. La persona que nos atendio nos comento que mi esposa al haberse quedado ilegal aqui, tiene que esperar a que yo tenga la ciudadania. Nos aconsejo otros abogados de inmigracion. Esta semana tenemos la cita, con lo que nos diga, escribiremos aqui.
    De todas formas nosotros teniamos entendido lo que tu comentastes Oscar,que los 2 debiamos aplicar juntos al cumplirse el año y 1 dia.
    Gracias!

  • Lourdes mayo 9, 2011

    Oscar Muchas , pero MUCHAS Gracias por toda la informacion pues aqui en California estoy mas perdida que un bote en altamar una vez mas GRACIAS.
    Lourdes

  • Oscar mayo 6, 2011

    Lourdes:
    La renovación de la Green Card se hace completando el formulario I-90 y tiene un costo de $450. La solicitud de naturalización se hace completando el formulario N-400 y tiene un costo de $680.
    Te recomiendo que entres al sitio de USCIS, http://www.uscis.gov, pinches en FORMS y busques los formularios antes indicados. Ahí aparecen las orientaciones sobre como completarlos a donde enviarlos y como hacer el pago.
    Esos formularios son los más sencillos de llenar en lo que a trámites de inmigración se refiere. Si tienen bajos recursos (en especial si reciben sellos de alimentos ó ayuda suplementaria) pueden intentar completar el formulario I-912 para quedar exentos de pago. Ambos formularios (I-90 y N-400) tienen disponibles esa facilidad.

  • Lourdes mayo 6, 2011

    Muchas Gracias Oscar por toda la informacion a veces uno no sabe que hacer ahora si pudieras decirme cual es el costo para el Green Card y como lo renovo y cual es el costo de la ciudadania y de antemano muchas gracias nuevamente

  • Oscar mayo 6, 2011

    Lourdes:
    Debe renovar su tarjeta de residente lo antes posible, primero porque lo necesitará para la ciudadanía y además porque en principio es obligación portar la Green Card en todo momento (a pesar que es una creencia extendida que no es necesario tenerla siempre, pero la ley incluso considera el no portar documentos migratorios como un delito menor y si te detectan y te llevan a la justicia federal pueden ponerte una multa de hasta $100 y/ó prisión de hasta 20 días)
    En cuanto al examen en castellano, en el propio formulario de solicitud N-400 aparece una pregunta acerca de si deseas hacer el examen de cívica (y la entrevista ) en un idioma distinto del inglés, de acuerdo a su edad y años de residencia permanente. Así que ahí mismo debe marcar la opción de más de 55 años de edad y con más de 15 años de residencia permanente. En realidad es una posibilidad que está habilitada para todos los residentes permanentes, sin importar si fue ajuste cubano´u otra disposición legal.
    Otoniel:
    Sí, para la ciudadanía (no para la residencia permanente)en general se exigen conocimientos básicos de inglés y de cívica , historia y geografía de los EE.UU. En determinadas circunstancias (de acuerdo a la edad y años de residencia) es posible que se alivie el requisito del idioma e incluso se te haga un examen de cívica simplicado. También si hay un informe médico que acredite la imposibilidad de aprender el idioma ó la cívica puede que se te perdonen ambos requisitos. Pero el caso general es que se debe tener conocimientos básicos de inglés y de cívica para naturalizarse.

  • Otoniel mayo 6, 2011

    Para Lourdes

    Oye como así y es que si no hablas el ingles no te dan la ciudadanía???

  • Lourdes mayo 6, 2011

    Hola por primera vez entro en su sitio y quisira hacer unas preguntas Mi esposo , mi hijo y yo entramos a EU por la Base Naval de Guantanamo en 1994 . Yo me hice Ciudadana de este pais y mi hijo tambien por que era menor, mi esposo no quiso hacerse ya que se le dificultaba el English , su Green Card se le vencio y no lo ha renovado ,es eso un problema ?. El quiere hacerse ciudadano y como ya tiene 56 anos de edad y mas de quince anos de estar aqui quiere hacer la prueba en espanol.Mi otra pregunta es al llenar la solicitud donde tengo que poner que quiere la entrevista en espanol por la Ley de ajuste cubano el esta protejido, Somos de california y ante todo deseo darles las gracias

  • Oscar abril 26, 2011

    María:

  • maria abril 25, 2011

    Jaja me confundi d name, la pregunta es para Oscar, gracias

  • maria abril 25, 2011

    Hoa Rafael oye puedes explicarme q es. CU 6 y 7? si fueras tan amable tengo un prime cubano, la esposa venezolana, vivian en Espana, y la hija nacio alli, vinieron d visita y ya sabes, ajuste cubano, pero puedes decirme ellas tienen q esperar a q el tenga la residencia o se manda la aplicac como le explicastes antes a daniel? Hay q mandar peticion d reclamacion. I 130 O Solo ajuste cubano cada cual por separado y por lo q aplique, el cub mas d un anio y un dia, ellas por ser esposa e hija de el, es asi? Gracias d antemano

  • carel abril 25, 2011

    Hola, vivo en España y quisiera llegar a los Eua, pero tengo grandes dudas: la primera, es que no se como es mejor entrar si solicitando visa aqui en españa y volar directo y acojerme a la ley de ajuste o entrar por las zonas fronterizas y pedir el asilo. Es que quiciera empezar a trabajar rapido y no se por cual de las dos se me demora menos, por que, lo que es la recidencia es igual (creo) al año y un dia presentar ¿no…? en ambas leyes.

    Otra de las cuestiones que tengo es que yo estoy casado con una cubana con nacionalidad española y yo tengo residencia española pero la ciudadania tambien me la tienen que dar dentro de un año aproximadamente, nos conviene entrar con la ciudadania o no???. por que si es para guardarla en la gaveta no la espero….

    por favor quisiera que me contestaran y me aclararan estos temas, ya que me inmagino que muchos han navegado en estas dudas…

    Saludos

  • Douglas abril 25, 2011

    Con Rafael, nececito ayuda para sacar mi transcripcion de nacimiento en cuba, somoanogerwald@hotmail.com

  • Oscar abril 22, 2011

    María Elena:
    Puerto Rico es dependencia de los EE.UU, luego en ese caso la ley también aplica

  • Oscar abril 22, 2011

    Daniel:
    Me faltó aclararte un punto que considero importante. Si tu esposa entró a EE.UU posteriormente a cuando tú lo hicieras, el derecho de ella nace un año después de estar ella en los EE.UU, no cuando tú ya tienes el derecho. Luego ella sólo puede presentar en la misma fecha que tú, si entró el mismo día ó antes que tú lo hicieras (siempre que el matrimonio se haya efectuado antes de la fecha de entrada) . Si en cambio se casaron en los EE.UU el derecho de tu esposa nacerá un año después de haberse casado contigo, ya que ella tiene que haber convivido contigo en matrimonio legítimo durante un año en EE.UU. Ella tendrá que demostrar además de ser admitida ó puesta en libertad bajo palabra despues del 1/1/59 y que tú también lo has sido. Luego en su solicitud además de incluir su prueba de admisión ó parole deberá incluir la prueba de admisión ó parole tuya. Es importante aclarar que a diferencia de las solitudes familiares donde el conyuge del solicitante principal adquiere estatus derivativo, en las solitudes de ajuste cubano cada persona debe cumplir los requisitos de modo independiente. Lo único que ella derivaría de ti es el derecho de solicitar por ser tu conyuge. (Siempre que haya sido admitida o recibido parole, tú estés en la misma condición y hayan convivido como matrimonio legítimo durante al menos un año en EE.UU)

  • Oscar abril 21, 2011

    Daniel:
    Los pasos son similares a los que tendrás que dar tú, mientras tú tendrás que mostrar prueba de ser nativo ó ciudadano cubano (por ejemplo mediante partida de nacimiento y/o pasaporte cubano) , ella tendrá que demostrar que es tu esposa desde hace más de un año y que realmente han convivido juntos, necesitarán en caso de no haber sido solteros alguno de los dos al momento de casarse,la prueba de que los matrimonio anteriores han sido legalmente terminados. Cada uno tiene que formular una solicitud independiente y marcar la casilla correspondiente. Se supone que tendrán una entrevista donde el funcionario de inmigración tratará de comprobar que es un matrimonio legítimo (así que cualquier prueba de convivencia de ustedes dos deberán llevarla a esa entrevista) . Salvo esa parte, la documentación a presentar es la misma para ambos, tendrán que completar los formularios correspondientes, hacerse un chequeo médico y ponerse las vacunas que necesiten , así como pedir el certificado de buena conducta a la policía de todos los condados donde han residido por más de seis meses. Las solicitudes se valoran por separado, cada uno tiene que cumplir con todas las condiciones que la ley señala, y en caso de aprobadas a ti te corresponde la categoria CU6 y a ella la CU7.

  • Yarlon abril 21, 2011

    Hola yo me encuentro en la misma situacion de Daniel y quisiera saber que pasos debo dar para que mi esposa se legalice.
    Gracias…

  • RAFAEL abril 7, 2011

    Informacion para extranjeros hijos de ciudadanos cubanos ,que quieran beneficiarse de la Ley de Ajuste Cubano.

    Le ayudamos a obtener, en Cuba ,su Certificado de Ciudadania Cubana.

    Le ayudamos a obtener y llenar formularios:
    Para obtener su visa a EEUU.
    Para extension de permiso de estadia.

    Para elegibilidad de Parole (Form G-325).
    Para permisos de trabajo.
    Para extension de permiso de estadia.
    Para visas de inversionistas.
    Corporaciones.
    Le ayudamos a obtener:
    Numero de federal de identificación tributaria.
    (Federal Tax ID Number)
    Numero estatal de impuestos
    (Florida Department of Revenue)
    Abrir cuentas bancarias comerciales y personales.

    Traducciones.
    Servicio de notario (EEUU).

  • Daniel abril 5, 2011

    Hola! Soy cubano y mi esposa es española, dentro de unos meses cumpliremos el año en USA, y sabemos que a traves de la ley de ajuste cubano ella puede aplicar para la residencia al año y un dia. Queria saber que pasos hay que dar para realizar la residencia de ella, pues no cnocemos a nadie en la misma situacion, y aqui en Texas no se esta tan al tanto de la Ley de ajuste cubano como en Miami.
    Gracias

  • maria elena febrero 15, 2011

    por favor se aplica ley de ajuste cubano a los cubanos que arriben a puerto rico.

    gracias

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