Aduana de Cuba flexibiliza los pagos de los colaboradores cubanos en el extranjero

El Ministerio de Finanzas y Precios y la Aduana de Cuba han decidido flexibilizar los pagos de los colaboradores cubanos en el extranjero que se ven obligados a viajar varias veces a Cuba.


“Teniendo en cuenta que por interés de país, en ocasiones los colaboradores entran al territorio nacional en más de una ocasión en el año, se ha decidido para determinados casos autorizar excepcionalmente el cálculo en pesos cubanos (CUP) del arancel de aduanas a partir de la segunda importación que estos realicen“ dijo la resolución reportada por Cubadebate.

Como todo en Cuba la flexibilización no está excepta de restricciones «la Aduana General de la República debe ser notificada por el Jefe del Órgano u Organismo de la Administración Central de Estado a donde pertenece el colaborador”.».

El cálculo de los aranceles de aduanas en CUP a partir de la segunda importación que realicen dentro del año calendario (1ro. de enero al 31 de diciembre) a los colaboradores que presten servicios en el exterior se aplicará solo a quienes se vean obligados a entrar en más de una ocasión en el territorio nacional por: a) asuntos oficiales, b) término de misión antes de la fecha planificada por redimensión de las misiones y c) retraso de las vacaciones.

En Cuba la segunda importación y las siguientes que se realicen dentro del año calendario (1ro. de enero al 31 de diciembre), el cálculo de los aranceles que se deberán pagar se realizará en pesos convertibles (CUC) y se aportarán en CUP «según la tasa de cambio vigente para las operaciones de venta de CUC a la población, por los cubanos y extranjeros residentes permanentes en el territorio nacional».

Para las personas naturales extranjeras y cubanas residentes en el exterior, la resolución No. 222 de 2012 del MFP fija que estas efectuarán el pago de estos aranceles en CUC.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *