Estados Unidos endurece las sanciones contra Cuba: qué cambia para los viajes y las cuentas de emprendedores

Las nuevas medidas entran en vigor el 30 de septiembre y afectan viajes profesionales y educativos, operaciones bancarias y transacciones con entidades vinculadas al aparato militar cubano. Ciertas remesas familiares y actividades humanitarias continúan autorizadas.

Estados Unidos anunció un nuevo endurecimiento de las sanciones contra Cuba que tendrá consecuencias para viajeros, bancos y emprendedores privados de la isla. El paquete elimina determinadas autorizaciones para viajar, restringe operaciones financieras y amplía las prohibiciones sobre transacciones con entidades incluidas en la Lista Restringida de Cuba.


La Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro, conocida como OFAC, informó que las disposiciones entrarán en vigor el 30 de septiembre de 2026, con su publicación en el Registro Federal. El anuncio oficial del organismo incluye modificaciones al Reglamento para el Control de Activos Cubanos y nuevas regulaciones que implementan la Orden Ejecutiva 14404.

Para quienes mantienen vínculos familiares, académicos o económicos con Cuba, resulta fundamental distinguir entre las actividades que pierden su autorización y aquellas que siguen permitidas. El cambio no supone una cancelación general de todos los viajes ni de todas las transferencias relacionadas con la isla.

Uno de los ajustes afecta a las personas sujetas a la jurisdicción estadounidense que pretendan viajar a Cuba para asistir u organizar reuniones y conferencias profesionales. Esa actividad deja de contar con la licencia general que la autorizaba. La investigación profesional figura separadamente en la normativa, por lo que no debe confundirse con la participación en conferencias.

La modificación contempla un período limitado de transición hasta el 30 de octubre de 2026 para determinadas operaciones previamente autorizadas. Incluye condiciones para quienes ya se encuentren en Cuba bajo la autorización eliminada y para cancelar arreglos de viaje y obtener reembolsos. No constituye una extensión general para iniciar nuevos viajes profesionales.

También cambian las condiciones de ciertas actividades educativas. El texto establece que determinados viajes deberán realizarse bajo el patrocinio de una organización sujeta a la jurisdicción de Estados Unidos y con el acompañamiento de un representante de esa institución.


El alcance depende de la actividad y de los participantes. Por esa razón, presentar la medida como una prohibición de todos los intercambios académicos sería impreciso: la regulación mantiene autorizaciones específicas y requisitos diferenciados.

En cambio, se elimina la autorización para nuevos viajes educativos grupales de intercambio conocidos como people-to-people. Esta modalidad permitía actividades de contacto e intercambio con la población cubana bajo las condiciones establecidas por OFAC.

La norma incorpora una protección para determinados viajes educativos previamente autorizados cuando el viajero haya completado al menos una transacción relacionada con el viaje antes del 30 de septiembre, como comprar un pasaje o reservar alojamiento. Esa disposición está sujeta a sus requisitos y no debe interpretarse como una excepción automática para cualquier reserva.

Las modificaciones alcanzan además las operaciones con entidades de la Lista Restringida de Cuba. La prohibición se amplía a determinadas transacciones financieras indirectas, además de las directas, con las entidades y subentidades identificadas por el Departamento de Estado.

El cambio aumenta la importancia de identificar quién interviene en los pagos relacionados con una actividad autorizada. Que un viaje tenga un propósito permitido no significa que cualquier alojamiento, proveedor o transacción utilizado durante ese viaje esté autorizado.

El texto de OFAC también recuerda las restricciones sobre propiedades incluidas en la Lista de Alojamientos Prohibidos en Cuba. Esta es una lista diferente, que debe distinguirse de la Lista Restringida al evaluar las condiciones aplicables a una reserva.

En el terreno bancario, se elimina la autorización para las operaciones “U-Turn”, transferencias con interés cubano que se originan y terminan fuera de Estados Unidos, pero pasan por bancos sujetos a su jurisdicción. La autorización retirada exigía, entre otras condiciones, que ni el ordenante ni el beneficiario estuvieran sujetos a la jurisdicción estadounidense.

Otra disposición afecta directamente a cuentas abiertas para emprendedores privados independientes cubanos bajo una autorización específica. Según la alerta de OFAC sobre la ampliación de sanciones, las instituciones correspondientes deberán bloquear esos fondos y cuentas y reportarlos al organismo, salvo autorización separada. Acceder a los fondos bloqueados requerirá una licencia específica.

La medida no debe describirse como una orden universal para cerrar cualquier cuenta de un ciudadano cubano. Su alcance está vinculado a las cuentas mantenidas bajo la autorización que se elimina y a las instituciones sujetas a la normativa estadounidense.

La advertencia se extiende a instituciones financieras extranjeras que realicen o faciliten transacciones significativas para personas cuyos bienes estén bloqueados conforme a la Orden Ejecutiva 14404. OFAC señala que esas instituciones también pueden enfrentar sanciones bajo esa autoridad.

Pese al endurecimiento, continúan existiendo autorizaciones para determinadas remesas familiares y entregas de alimentos, medicamentos y dispositivos médicos. Su continuidad depende del cumplimiento de las condiciones aplicables; no representa una autorización irrestricta para cualquier operación presentada como ayuda humanitaria.

La entrada en vigor del paquete obliga a prestar especial atención a tres elementos: el propósito del viaje o la transferencia, la autorización que permite realizarla y las entidades que participan. Para quienes ya tenían planes o cuentas abiertas, las disposiciones de transición y las excepciones pueden determinar cómo les afectan los cambios.


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