Gobierno de Trump vuelve a pedir que se desestime la demanda de cubanos con I-220A ante la jueza Becerra

El Gobierno de Donald Trump presentó una nueva solicitud para desestimar la demanda de cubanos con formulario I-220A que se tramita ante la jueza federal Jacqueline Becerra en Miami. La moción fue registrada el viernes 9 de octubre de 2026 y vuelve a poner en disputa la continuidad de un litigio relacionado con el acceso a la residencia permanente bajo la Ley de Ajuste Cubano.

El registro del caso Bello-Rubio v. Noem, número 1:25-cv-23665, confirma la presentación de tres escritos del Gobierno esa noche: una moción de desestimación y dos documentos suplementarios relacionados con la protección judicial solicitada y el posible alcance colectivo del proceso.


La entrada correspondiente a la nueva moción establece el 23 de octubre como fecha límite para responder. La presentación constituye una petición del Gobierno al tribunal; no significa que la jueza haya ordenado cerrar la demanda.

Los motivos que invoca el Gobierno para pedir la desestimación

El documento 77, registrado a las 11:46 de la noche del viernes, solicita desestimar la demanda enmendada identificada en el expediente como documento 72.

La descripción del registro señala dos fundamentos: falta de jurisdicción y falta de una reclamación que permita conceder el remedio judicial solicitado, conocida en inglés como failure to state a claim.

El primer planteamiento cuestiona la autoridad del tribunal para conocer las reclamaciones. El segundo sostiene que estas no cumplen los requisitos jurídicos necesarios para obtener lo que se pide. Ambos son argumentos de la parte demandada que deberán ser evaluados por la jueza.

El registro permite confirmar esas categorías y el plazo de respuesta, aunque no detalla el razonamiento completo desarrollado por los abogados del Gobierno en el escrito.


Esta nueva solicitud llega después de que en septiembre el tribunal rechazara un intento anterior de desestimación, lo que permitió que el proceso continuara sin resolver todavía la controversia de fondo sobre las liberaciones con I-220A.

Otros dos escritos abordan la protección judicial y la acción colectiva

Minutos después de presentar la moción de desestimación, el Gobierno incorporó otros dos documentos al expediente.

El documento 78, registrado a las 11:55 de la noche, figura como un suplemento relacionado con la orden 66, relativa a una solicitud de medida judicial permanente, o permanent injunction. El registro también muestra un anexo identificado como “2241 Habeas Grant”.

El documento 79, presentado a las 11:59 de la noche, aparece como un suplemento relacionado con la orden 65, sobre la solicitud de certificación de una acción colectiva. Incluye un anexo descrito como una declaración del director de LESA.

Estas actuaciones muestran que la controversia abarca tanto la continuidad de la demanda como las medidas solicitadas y las personas que podrían quedar comprendidas por una eventual resolución.

La referencia a esos asuntos en el registro no permite concluir, por sí sola, que se haya concedido una protección judicial permanente o aprobado la certificación colectiva.

Por qué este caso importa a los cubanos con I-220A

La disputa tiene relevancia para cubanos que fueron liberados por las autoridades migratorias con un formulario I-220A y buscan regularizar su situación mediante la Ley de Ajuste Cubano.

El I-220A es una orden de liberación bajo palabra. La controversia gira en torno al tratamiento jurídico de esas liberaciones y sus consecuencias para acceder a beneficios migratorios.

La Ley de Ajuste Cubano exige, entre otras condiciones, que el solicitante haya sido inspeccionado y admitido o haya recibido parole, además de acumular al menos un año de presencia física en Estados Unidos y cumplir los demás requisitos aplicables. Esa exigencia explica por qué la discusión sobre el parole resulta decisiva para quienes intentan acogerse a esta vía de residencia.

El posible alcance colectivo añade otra dimensión al caso. Una certificación podría permitir que determinadas decisiones abarcaran a personas que cumplan las condiciones de la clase definida por el tribunal. Sin embargo, no debe interpretarse como un beneficio automático para todos los portadores de I-220A.

El 23 de octubre marca el próximo plazo de respuesta

La nueva moción abre un período para que los demandantes contesten los argumentos del Gobierno. El expediente fija ese vencimiento para el 23 de octubre de 2026, sin que esa fecha constituya un anuncio de cuándo habrá una decisión final.

Las actuaciones del 9 de octubre no conceden residencia permanente, no reconocen de forma general el I-220A como parole y tampoco representan una orden de desestimación.

El litigio continúa con una nueva petición del Gobierno para cerrarlo y con cuestiones pendientes sobre la protección judicial y su eventual alcance colectivo. La próxima respuesta de los demandantes permitirá conocer cómo enfrentarán este nuevo intento de desestimación ante la jueza Becerra.


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