
El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS) publicó una corrección oficial que vuelve a poner bajo atención una importante modificación del sistema de asilo: determinadas solicitudes afirmativas pueden ser remitidas directamente a una corte de inmigración sin que el solicitante sea entrevistado previamente por USCIS.
La publicación apareció este lunes 31 de agosto de 2026 bajo la identificación 91 FR 55735 y corrige una tabla de la norma provisional que entró en vigor el pasado 28 de julio. No establece una política migratoria adicional ni amplía las categorías afectadas, pero presenta correctamente las facultades que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración adquirió desde julio.
La corrección publicada en el federal Registrer confirma que un oficial de asilo puede revisar el Formulario I-589, las pruebas incorporadas al expediente y otra información pertinente para decidir si remite el caso a la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración (EOIR), sin conceder primero una entrevista.
La corrección no crea una regla migratoria nueva
El documento del 31 de agosto reemplaza específicamente la Tabla 3 que apareció en la página 47119 de la norma original. No sustituye el texto completo de la regulación, no cambia su fecha de entrada en vigor y tampoco significa que USCIS haya comenzado una política diferente esta semana.
La corrección resulta relevante porque reúne de manera adecuada los cambios efectuados en varias disposiciones del 8 CFR, entre ellas las secciones 208.4, 208.9, 208.10, 208.14 y 208.19.
Uno de los cambios centrales fue la incorporación del 8 CFR 208.9(a)(2). Esta disposición autoriza expresamente a un oficial de asilo a remitir a EOIR una solicitud afirmativa presentada mediante el Formulario I-589, basándose en el expediente y otras evidencias, sin realizar una entrevista.
También se eliminaron referencias regulatorias al “derecho a una entrevista” y el requisito de que la carta utilizada para comunicar la remisión incluya necesariamente una evaluación sobre la credibilidad del solicitante.
La norma permite, además, que un oficial remita una solicitud como cuestión discrecional sin haber determinado previamente que el inmigrante cumple todos los requisitos necesarios para recibir asilo.
USCIS no eliminó todas las entrevistas de asilo
La modificación no supone la desaparición general de las entrevistas de asilo afirmativo. El DHS establece que USCIS continuará ofreciendo una entrevista antes de conceder o denegar directamente una solicitud.
Lo que cambia es la existencia de una tercera vía. En ciertos expedientes, USCIS puede decidir no conceder ni denegar directamente el asilo y, en su lugar, enviar el caso al sistema de cortes migratorias sin entrevistar previamente al solicitante.
La remisión no constituye por sí sola una denegación definitiva. La persona puede continuar defendiendo su petición ante un juez de inmigración durante el procedimiento correspondiente.
Sin embargo, el cambio puede tener consecuencias importantes. El inmigrante dejaría el proceso administrativo ante USCIS y pasaría a enfrentar un procedimiento judicial migratorio en el que deberá comparecer ante EOIR y atender todas las notificaciones, fechas y requisitos establecidos por la corte.
El plazo de un año aparece entre los principales factores
Uno de los grupos potencialmente afectados está compuesto por personas que presentaron su solicitud de asilo más de un año después de su última llegada a Estados Unidos.
La ley establece, como regla general, que el asilo debe solicitarse dentro del primer año. Existen excepciones por cambios en las circunstancias que afecten materialmente la elegibilidad o por determinadas circunstancias extraordinarias que expliquen la demora.
Con el nuevo procedimiento, un oficial puede revisar la documentación disponible y determinar, con o sin entrevista, si el solicitante demostró alguna de esas excepciones.
Esto aumenta la importancia de que las pruebas sobre una presentación tardía estén incorporadas al expediente. Una persona ya no debería asumir que podrá explicar personalmente durante una futura entrevista por qué no presentó el I-589 dentro del plazo.
Según las cifras incluidas por el DHS en la regla original del 28 de julio, al 11 de diciembre de 2025 existían 444.724 solicitudes afirmativas pendientes que habían sido presentadas fuera del primer año o presentaban un problema relacionado con la fecha de entrada.
La cantidad equivalía aproximadamente al 31% de los 1.434.145 expedientes que integraban el atraso de asilo afirmativo analizado por la agencia. Esto no significa que todos esos casos serán enviados automáticamente a una corte, porque algunos solicitantes podrían demostrar que están protegidos por una excepción.
Otros expedientes también podrían llegar directamente a EOIR
La política no se limita al incumplimiento del plazo de un año. El texto vigente del 8 CFR 208 permite remisiones sin entrevista cuando el oficial considere, a partir del expediente, que la persona está impedida de solicitar asilo, enfrenta una prohibición para recibirlo, no merece una concesión discrecional o no estableció los elementos legales del caso.
Entre las prohibiciones contempladas por la legislación figuran determinadas condenas penales, delitos graves cometidos fuera de Estados Unidos, participación en la persecución de otras personas, algunos vínculos relacionados con terrorismo o seguridad nacional y situaciones de reasentamiento firme en un tercer país.
También pueden ser revisados casos en los que USCIS considere que las pruebas presentadas no conectan la persecución sufrida o temida con alguno de los motivos protegidos por la ley: raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social determinado.
La política también alcanza solicitudes antiguas
La regla no se aplica únicamente a los I-589 presentados después del 28 de julio. El DHS indicó expresamente que también puede alcanzar solicitudes afirmativas que ya estaban pendientes ante USCIS cuando entró en vigor. Esto significa que un inmigrante que lleva varios años esperando su primera entrevista podría ser evaluado bajo el nuevo procedimiento.
La dimensión del atraso ayuda a explicar la decisión gubernamental. Al finalizar el año fiscal 2025, USCIS tenía 1.434.145 solicitudes afirmativas pendientes, mientras que el tiempo promedio de procesamiento había llegado a 7,3 años, de acuerdo con los datos oficiales incluidos en la regulación.
Para las nuevas solicitudes, el DHS calculó que aproximadamente 132.167 personas por año podrían pertenecer a categorías susceptibles de remisión sin entrevista. La cifra identifica una población potencialmente afectada, pero no representa una previsión de cuántos expedientes serán efectivamente enviados a EOIR.
Algunos solicitantes podrían no recibir un RFE
USCIS puede emitir una Solicitud de Evidencia, conocida como RFE, cuando necesita documentación adicional para decidir cómo tramitar un expediente. Sin embargo, la regulación advierte que esa oportunidad no está garantizada en todos los casos. El DHS contempla que algunas solicitudes pendientes puedan ser remitidas a una corte sin entrevista y sin que USCIS haya enviado previamente un RFE.
En términos prácticos, presentar un I-589 incompleto con la expectativa de entregar posteriormente las pruebas durante una entrevista se vuelve más arriesgado. Los documentos sobre la fecha de entrada, posibles excepciones al plazo, antecedentes migratorios y fundamentos de la persecución adquieren mayor importancia desde el inicio del proceso.
Qué significa para los cubanos con asilo pendiente
La política puede afectar especialmente a cubanos que mantienen una solicitud afirmativa pendiente ante USCIS y no cuentan con otra base legal independiente para permanecer en Estados Unidos.
También puede interesar a quienes presentaron el asilo fuera del primer año, tienen antecedentes migratorios complejos, vivieron con estatus permanente o estable en un tercer país o poseen un expediente cuya evidencia no fue actualizada durante años.
No sería correcto afirmar que todos los cubanos con asilo, parole o documentos I-220A serán enviados automáticamente a una corte. El resultado dependerá de la forma de entrada, el estatus actual, el historial individual y las pruebas existentes en cada expediente.
El cambio esencial es que ya no puede asumirse que USCIS celebrará una entrevista antes de cualquier posible remisión. Por esa razón, las personas con casos pendientes deben revisar sus documentos, mantener actualizada su dirección ante las agencias correspondientes y vigilar tanto las notificaciones de USCIS como el sistema de EOIR. El plazo para presentar comentarios públicos sobre la regla provisional permanece abierto hasta el 28 de septiembre de 2026.





