
El litigio federal impulsado por 992 cubanos que fueron liberados en Estados Unidos con documentos I-220A entró en una nueva fase. La jueza federal Jacqueline Becerra concedió al Gobierno hasta el 9 de octubre de 2026 para responder a varias solicitudes pendientes, entre ellas la petición para que el proceso pueda avanzar como una acción colectiva.
La fecha ha generado expectativas entre miles de migrantes cubanos que llevan años buscando una solución para su situación legal. Sin embargo, el nuevo plazo no significa que la corte haya reconocido el I-220A como un parole, que haya ordenado conceder residencias permanentes o que los demandantes hayan ganado definitivamente el caso.
Se trata, por ahora, de un paso procesal dentro de una demanda que todavía deberá superar varias etapas antes de que exista una decisión sobre el fondo del conflicto.
¿Qué ocurrió en el caso Bello-Rubio v. Noem?
El proceso, identificado como Bello-Rubio v. Noem, se tramita en el Tribunal Federal del Distrito Sur de Florida bajo el número 1:25-cv-23665. De acuerdo con la información disponible en el expediente judicial, la demanda cuestiona el tratamiento migratorio recibido por ciudadanos cubanos que fueron detenidos al entrar al país y posteriormente liberados con una orden I-220A.
Los abogados de los demandantes presentaron el 18 de septiembre una segunda versión enmendada de la demanda. El objetivo es detallar con mayor precisión las condiciones en las que estas personas estuvieron bajo custodia y la autoridad utilizada por los funcionarios migratorios para dejarlas en libertad.
Ese punto resulta esencial porque la Ley de Ajuste Cubano permite solicitar la residencia permanente, entre otros requisitos, a determinados ciudadanos cubanos que hayan sido “inspeccionados y admitidos” o que hayan recibido parole. El Gobierno ha sostenido en numerosos casos que la liberación mediante una I-220A no equivale automáticamente a la concesión de parole.
La controversia judicial intenta determinar si las circunstancias particulares de la detención y posterior liberación de los demandantes permiten reclamar un tratamiento jurídico diferente.
El Gobierno tiene hasta el 9 de octubre para responder
La jueza Becerra aprobó una extensión solicitada para que el Gobierno federal presente su posición sobre varias peticiones formuladas dentro del litigio. El nuevo vencimiento quedó fijado para el 9 de octubre.
La prórroga no fue objetada por los representantes legales de los cubanos. Por esa razón, la decisión debe entenderse como la organización del calendario del caso y no como una sanción, un ultimátum contra las autoridades o una señal de que la jueza ya tomó partido sobre el reclamo principal.
Cuando el Gobierno entregue su respuesta, los abogados de los demandantes podrán contestar los argumentos oficiales conforme al calendario que establezca el tribunal. Después corresponderá a la jueza evaluar los escritos y decidir si celebra nuevas audiencias o emite resoluciones sobre las solicitudes pendientes.
Buscan convertir el litigio en una acción colectiva
Uno de los asuntos más importantes que permanece ante la corte es la solicitud de certificación como acción colectiva. Si la jueza la aprueba, el alcance del caso podría extenderse más allá de las 992 personas que aparecen actualmente como demandantes e incluir a otros cubanos que cumplan con los criterios que finalmente determine el tribunal.
Esa certificación todavía no ha sido concedida. Tampoco puede asumirse que todos los cubanos con I-220A quedarían cubiertos automáticamente, pues una eventual clase tendría que ser definida mediante condiciones concretas relacionadas con la entrada, la detención, la liberación y el historial migratorio de cada persona.
Además, los demandantes han pedido protecciones mientras el caso continúa. El Gobierno también deberá responder a esas solicitudes, pero la existencia de una petición no significa que la medida ya esté vigente.
Lo que esta fecha no significa para los cubanos con I-220A
El 9 de octubre no es una fecha para entregar residencias, conceder parole o resolver de manera definitiva la interpretación jurídica de la I-220A. Es el límite fijado para que el Gobierno presente sus argumentos sobre asuntos que están pendientes.
Tampoco representa una autorización para que las personas con I-220A presenten solicitudes migratorias basándose únicamente en la existencia de esta demanda. El resultado del litigio podría depender de hechos muy específicos y cualquier decisión futura podría aplicarse solamente a un grupo definido por la corte.
La información publicada sobre el nuevo plazo subraya precisamente que no existe todavía una orden que reconozca esos documentos como parole ni una resolución que conceda la residencia permanente a los demandantes.
Una nueva etapa, pero el litigio continúa
Para numerosas familias cubanas, el avance mantiene abierta una vía legal que podría aportar claridad sobre una de las situaciones migratorias más complejas de los últimos años. Sin embargo, las próximas decisiones dependerán primero de la respuesta del Gobierno y posteriormente del análisis de la jueza.
El paso inmediato será, por tanto, conocer la posición que presenten las autoridades federales antes del 9 de octubre. Solo después podrá evaluarse si el tribunal acepta las protecciones solicitadas, certifica una acción colectiva o adopta alguna decisión capaz de modificar la situación jurídica de los demandantes.
Mientras no exista una orden expresa de la corte, los cubanos con I-220A deben evitar interpretar el nuevo plazo como una aprobación general y consultar su caso particular con un abogado de inmigración autorizado.





