
Una joven cubana que descubrió inesperadamente que tenía una orden de deportación en Estados Unidos logró que su caso regresara a una corte de inmigración, luego de una decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración que podría tener consecuencias para otros extranjeros cuyos procesos se cerraron por no pagar una tarifa anual vinculada al asilo.
Lisneidis Figueroa Ramos había solicitado protección migratoria en Estados Unidos y esperaba continuar defendiendo su caso ante un juez. Sin embargo, al ingresar al sistema de las cortes para consultar la fecha de su próxima audiencia, encontró una realidad completamente distinta: su petición se había considerado abandonada y existía una orden para expulsarla del país.
La medida se originó por el impago de una tarifa anual de 102 dólares asociada a su solicitud de asilo. Según relató la joven, nunca recibió la notificación que le informaba sobre esa obligación ni sobre el plazo que tenía para cumplirla.
Su expediente parecía cerrado. No obstante, la intervención de un equipo legal permitió llevar el caso ante la Junta de Apelaciones de Inmigración, conocida como BIA por sus siglas en inglés. El organismo concluyó que la falta de pago podía afectar la solicitud de asilo, pero no justificaba eliminar automáticamente otras dos peticiones de protección: la retención de deportación y el amparo bajo la Convención contra la Tortura.
La resolución, emitida el 24 de julio de 2026, no le concede todavía a Figueroa Ramos el derecho definitivo a permanecer en Estados Unidos. Sin embargo, obliga a una corte de inmigración de Texas a revisar nuevamente parte de su expediente y analizar si la joven puede recibir alguna de esas protecciones.
El caso se publicó bajo el nombre Matter of L-F-R- y adquirió carácter de precedente, un elemento que amplía su importancia más allá de la situación personal de la cubana.
La cubana descubrió la orden cuando buscaba la fecha de su audiencia
El caso comenzó en enero de 2025, cuando Figueroa Ramos presentó su solicitud ante una corte de inmigración de Texas. Dentro de su expediente no solo pidió asilo, sino también otras formas de protección disponibles para personas que alegan que su regreso al país de origen podría ponerlas en peligro.
En febrero de 2026, el juez encargado del proceso determinó que debía pagar una tarifa anual de 102 dólares dentro de un plazo de 30 días para mantener activa la parte de su caso correspondiente al asilo. De acuerdo con el relato de la joven en TikTok, esa comunicación nunca llegó a sus manos. Al no realizarse el pago, la corte interpretó que la petición la habían abandonado y emitió una orden de deportación.
Figueroa Ramos no se enteró mediante una carta, una llamada oficial o una notificación entregada personalmente. Descubrió la decisión al consultar por su cuenta el portal migratorio para conocer cuándo debía comparecer nuevamente. «A mí me pusieron una orden de deportación en ausencia, sin notificación, sin nada», explica en el video.
La situación evidencia uno de los riesgos más graves que enfrentan los inmigrantes dentro de procedimientos administrativos complejos: una obligación económica, una notificación que no llega o un plazo ignorado pueden alterar completamente el curso de un expediente.
Para una persona sin representación legal, comprender cada requisito puede resultar todavía más difícil. En este caso, la joven no contaba con abogado cuando le emitieron la orden de expulsión.
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Una tarifa de 102 dólares cambió el rumbo del proceso
La tarifa anual se convirtió en el elemento que desencadenó el cierre del caso. El juez consideró que, al no efectuarse el pago dentro del período indicado, la solicitud debía entenderse como abandonada.
El problema jurídico surgió porque la decisión no afectó únicamente el asilo. La corte también dio por terminadas otras solicitudes que, aunque podían aparecer dentro del mismo expediente, se sustentaban en normas y requisitos diferentes.
La defensa sostuvo que el pago estaba asociado a la petición de asilo y que, por tanto, su incumplimiento no debía utilizarse para eliminar automáticamente la retención de deportación ni la protección bajo la Convención contra la Tortura.
Esa distinción terminó siendo determinante. La Junta de Apelaciones de Inmigración coincidió en que las otras formas de protección debían examinarse de manera independiente. En consecuencia, devolvió el caso a la corte para que un juez evalúe si Figueroa Ramos puede recibir alguna de ellas.
La joven buscó ayuda legal después de conocer la orden
Tras descubrir que enfrentaba una deportación, la cubana contrató a la abogada Nera Sheffer y a su equipo. Los representantes legales presentaron una apelación ante el BIA y cuestionaron el cierre total del expediente. Su argumento central fue que la ausencia del pago podía tener consecuencias sobre el asilo, pero no sobre mecanismos de protección que no dependen de esa misma tarifa.
«Yo fui y contraté a la abogada Nera Sheffer y su equipo de trabajo de Alianzas, donde ella mandó una apelación al BIA, ganamos el caso en el BIA y se convirtió en un precedente», agregó la inmigrante que se encontraba nerviosa porque su caso se ha vuelto viral en todo EE.UU.
La apelación también puso sobre la mesa el problema de la notificación. La joven afirmó que nunca le informaron adecuadamente sobre el pago ni sobre el plazo de 30 días. Aunque la decisión del BIA se concentró principalmente en la separación entre las distintas formas de protección, el caso expuso los efectos que puede tener una comunicación fallida dentro de un proceso migratorio.
El Departamento de Seguridad Nacional se opuso a la apelación. Pese a ello, el tribunal administrativo aceptó el planteamiento de la defensa y determinó que el cierre generalizado había sido improcedente.
@alianzasusa Nuestra abogada Nera Shefer logró una victoria ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) en un caso que ahora forma parte de la jurisprudencia publicada.#nerashefer #bia #apelaciones #asylum #fee ♬ sonido original – Alianzas USA
Qué decidió exactamente la Junta de Apelaciones de Inmigración
La Junta de Apelaciones de Inmigración es el principal órgano administrativo encargado de revisar determinadas decisiones emitidas por jueces migratorios. En el caso de Figueroa Ramos, el BIA no aprobó su asilo ni concluyó que deba recibir residencia. Tampoco determinó que todas las partes de su expediente continúen vigentes.
Lo que estableció fue una diferencia jurídica esencial: el impago de la tarifa anual puede perjudicar la solicitud de asilo, pero no necesariamente elimina otras peticiones de protección presentadas por la misma persona.
La corte de Texas deberá ahora analizar la retención de deportación y la protección bajo la Convención contra la Tortura. Esto significa que la orden de expulsión no puede sostenerse únicamente en el incumplimiento económico sin que antes se examine si la joven correría peligro en caso de la envén a Cuba.
El fallo no elimina la obligación de pagar
Uno de los puntos aclarados por la defensa es que la resolución no debe interpretarse como una eliminación de la tarifa anual. Los solicitantes de asilo siguen obligados a cumplir con los pagos exigidos mientras sus casos permanezcan pendientes, según las reglas aplicables a sus expedientes.
El fallo tampoco convierte la falta de pago en una infracción sin consecuencias. La parte correspondiente al asilo puede considerarse abandonada si el solicitante no cumple con el requisito. La diferencia es que ese incumplimiento no debe extenderse automáticamente a otras protecciones migratorias independientes.
Para quienes mantienen procesos abiertos, el caso funciona también como advertencia. Resulta fundamental revisar el correo, consultar periódicamente el sistema judicial, conservar comprobantes de pago y actualizar la dirección ante las autoridades migratorias. Un cambio de domicilio no reportado, una carta devuelta o una fecha límite no atendida pueden conducir a decisiones severas.
Por qué el caso se convirtió en un precedente
La resolución se publicó como Matter of L-F-R-, lo que le otorga una relevancia jurídica que supera el expediente de la joven cubana. Una decisión con carácter de precedente puede aplicarse como criterio obligatorio o de referencia en procesos similares dentro del sistema migratorio.
Esto no significa que todas las personas con órdenes de deportación puedan reabrir automáticamente sus casos. El alcance depende de las circunstancias concretas de cada expediente.
Para que el precedente pueda ser útil, tendría que existir una situación comparable: que una corte haya considerado abandonadas no solo la petición de asilo, sino también la retención de deportación o la protección contra la tortura debido al impago de la tarifa. Los abogados podrían citar la decisión para solicitar que esas protecciones se evalén por separado.
Otros inmigrantes podrían intentar reabrir sus procesos
La abogada señaló que algunas personas afectadas por decisiones parecidas podrían presentar mociones para reabrir sus expedientes. Una moción de reapertura es una solicitud formal para que la corte vuelva a examinar un caso que ya había sido cerrado o decidido.
«Si un juez te dio o a un ser querido una orden de deportación por no haber pagado los 102 dólares, tú con esta precedencia puedes reabrir, presentar una moción para reabrir tu caso, tumbar esa orden de deportación y dejar que la corte escuche la porción del withholding of removal y la protección bajo la Convención de la Tortura en Estados Unidos», advierte la experta en leyes.
No obstante, estas gestiones pueden estar sujetas a límites de tiempo, requisitos procesales y excepciones específicas. El hecho de que exista un nuevo precedente no garantiza que cada moción sea aceptada.
También sería necesario revisar la razón exacta por la cual fue emitida la orden de deportación, qué solicitudes estaban pendientes y si el extranjero conserva evidencia de que pidió protección adicional al asilo. Cada caso requiere una evaluación individual. La decisión del BIA abre una posible vía legal, pero no representa una amnistía ni una cancelación general de órdenes de expulsión.
Diferencias entre asilo y retención de deportación
El asilo es una de las formas de protección más amplias disponibles para extranjeros que demuestran persecución o temor fundado de persecución por determinadas causas protegidas. Cuando es aprobado, puede permitir al beneficiario solicitar la residencia permanente después de cumplir los requisitos establecidos. También puede facilitar peticiones para determinados familiares.
La retención de deportación tiene un alcance más limitado. Su objetivo principal es impedir que una persona sea enviada a un país donde su vida o libertad estarían amenazadas. A diferencia del asilo, no ofrece automáticamente un camino directo a la residencia permanente ni permite extender los mismos beneficios a familiares.
Además, una persona protegida mediante retención de deportación podría seguir siendo removible hacia un tercer país dispuesto a recibirla, siempre que no sea el territorio donde enfrenta el peligro identificado. El estándar para obtener esta protección también suele ser más exigente en cuanto a la probabilidad de persecución.
Qué implica la Convención contra la Tortura
La Convención contra la Tortura ofrece una protección distinta para personas que pueden demostrar que probablemente serían sometidas a tortura si fueran deportadas. Para obtenerla, no basta con alegar condiciones difíciles, inseguridad general o carencias económicas. El solicitante debe aportar pruebas sobre un riesgo concreto y suficientemente grave.
También debe establecerse, según el tipo de protección solicitada, algún grado de participación, consentimiento o tolerancia de autoridades públicas en los actos de tortura. Esta protección puede impedir el regreso al país donde existe el riesgo, pero tampoco equivale a una residencia permanente.
En algunos casos, la persona puede obtener autorización de empleo mientras permanece en Estados Unidos, aunque su situación migratoria continúa siendo más limitada que la de un asilado o residente.
La joven todavía debe demostrar que estaría en peligro en Cuba
El regreso del caso a la corte no garantiza un resultado favorable. Figueroa Ramos tendrá que presentar pruebas y argumentos para demostrar que cumple los requisitos de la retención de deportación o de la Convención contra la Tortura.
La defensa deberá explicar qué riesgos enfrentaría en Cuba, por qué serían personales y concretos, y qué evidencia respalda sus afirmaciones. El gobierno podrá cuestionar esos argumentos, presentar objeciones y pedir que las solicitudes sean rechazadas.
El juez evaluará documentos, testimonios, antecedentes del caso y condiciones relevantes del país. La decisión final podría tardar y continuar sujeta a nuevas apelaciones.
La reacción de Lisneidis tras conocer el fallo
Después de que se divulgara la decisión, la joven apareció visiblemente emocionada en un video compartido por Alianzas USA. Figueroa Ramos agradeció el trabajo de su abogada y del equipo que presentó la apelación. Su reacción estuvo marcada por el alivio de saber que la orden no representaba necesariamente el final de su proceso.
La cubana pasó de descubrir una expulsión que creía definitiva a recuperar la posibilidad de comparecer ante un juez y defender las protecciones que todavía permanecen vigentes. Sin embargo, su mensaje también reflejó cautela. El fallo fue un avance importante, pero la batalla legal no ha terminado.
Un caso con posible impacto en la comunidad cubana
La decisión adquiere una dimensión especial por la cantidad de cubanos que enfrentan procesos de deportación en Estados Unidos. El texto de referencia señala que aproximadamente 4,007 ciudadanos cubanos recibieron órdenes de deportación en Florida durante los dos primeros trimestres del año fiscal 2026.
También menciona que alrededor de 42,000 cubanos tendrían órdenes activas de expulsión en todo el país. Estas cifras reflejan la magnitud de la presión migratoria sobre una comunidad que durante años recibió un tratamiento diferente al de otros grupos y que ahora enfrenta controles, detenciones y procesos de deportación más estrictos.
No obstante, solo una parte de esas personas podría tener circunstancias relacionadas con el precedente. Quienes poseen órdenes por ausencias a corte, condenas penales, rechazo de asilo, incumplimiento de salidas voluntarias u otras causas no necesariamente quedarían cubiertos por la resolución.
No todas las órdenes de deportación producen una expulsión inmediata
Tener una orden final de deportación significa que existe una decisión administrativa o judicial que autoriza la expulsión, pero no siempre implica que la persona será removida de inmediato. La ejecución puede depender de factores como la localización del inmigrante, la disponibilidad de documentos de viaje, la cooperación del país receptor, la existencia de recursos pendientes o la concesión de una suspensión temporal.
En el caso de los cubanos, las deportaciones también pueden verse condicionadas por los acuerdos y las relaciones entre Washington y La Habana. Sin embargo, una orden activa aumenta considerablemente el riesgo de detención por parte de las autoridades migratorias. Por ello, cualquier posibilidad de apelación, reapertura o suspensión puede resultar decisiva para una persona que intenta evitar su expulsión.
El riesgo de enfrentar el proceso sin representación legal
La experiencia de Figueroa Ramos también muestra las dificultades de navegar el sistema migratorio sin abogado. Los tribunales de inmigración manejan procedimientos complejos, plazos estrictos, formularios y obligaciones que pueden cambiar el rumbo de un expediente.
Las cortes migratorias no funcionan exactamente igual que los tribunales penales. En muchos procesos, el gobierno no está obligado a proporcionar gratuitamente un abogado al inmigrante. Quienes no pueden pagar representación deben defenderse por su cuenta o buscar apoyo de organizaciones, clínicas legales o profesionales que ofrezcan asistencia a bajo costo.
Una persona sin asesoría podría desconocer la diferencia entre asilo, retención de deportación y protección contra la tortura, aunque las tres solicitudes aparezcan dentro de un mismo procedimiento. También podría no saber cómo apelar, cómo presentar una moción de reapertura o cómo responder a una orden judicial.
La importancia de verificar continuamente el expediente
El caso deja varias advertencias para quienes tienen procesos migratorios pendientes. No es recomendable depender únicamente de una carta o esperar a que llegue una notificación física. Los solicitantes deben consultar regularmente las plataformas oficiales y mantener actualizada su información de contacto.
También deben comprobar si existen nuevos pagos, comparecencias, plazos o requerimientos de documentos. Conservar copias de formularios, recibos, comprobantes de entrega y comunicaciones puede ser esencial cuando existe una disputa sobre si una obligación fue cumplida.
En caso de no comprender una orden, resulta aconsejable buscar orientación legal lo antes posible. El tiempo es especialmente importante porque muchas apelaciones y mociones tienen fechas límite. Esperar demasiado puede cerrar opciones que inicialmente estaban disponibles.
Qué puede ocurrir ahora con el expediente
El caso regresará a la corte de inmigración de Texas, donde el juez deberá revisar las solicitudes que el BIA consideró indebidamente abandonadas. La corte podría fijar nuevas audiencias, recibir documentos adicionales y escuchar el testimonio de la joven.
La defensa intentará demostrar que Figueroa Ramos no puede ser enviada a Cuba debido a los riesgos que enfrentaría. El Departamento de Seguridad Nacional podrá oponerse y argumentar que no cumple los estándares legales.
Si el juez rechaza nuevamente las protecciones, la joven podría evaluar otros recursos, dependiendo de las razones de la decisión y de los plazos disponibles. Si obtiene retención de deportación o protección bajo la Convención contra la Tortura, podría permanecer en Estados Unidos bajo condiciones limitadas, aunque sin los mismos beneficios que concede el asilo.
Una victoria parcial con consecuencias más amplias
La resolución representa una victoria procesal, no una aprobación migratoria definitiva. Figueroa Ramos consiguió que su caso fuera revisado y que dos solicitudes de protección regresaran al análisis judicial. Esa oportunidad puede resultar decisiva, pero todavía debe demostrar que cumple los requisitos.
El mayor impacto del fallo radica en el criterio que establece para casos futuros: una tarifa vinculada al asilo no debe utilizarse para borrar automáticamente otras protecciones con fundamentos jurídicos diferentes.
Para la comunidad inmigrante, la decisión demuestra que incluso una orden de deportación puede ser cuestionada cuando la corte no ha evaluado correctamente todos los elementos del expediente. Para la joven cubana, significa recuperar la posibilidad de defender su permanencia y explicar ante un juez por qué teme regresar a la isla.
Su historia continúa abierta. Sin embargo, el caso ya dejó una huella dentro del sistema migratorio estadounidense y podría ofrecer una nueva herramienta legal a otras personas que atravesaron situaciones similares.





