USCIS hace cambios en la documentación para aplicar a la Ley de Ajuste Cubano

Foto de archivo

El Departamento de Servicios de Inmigración de los Estados Unidos, USCIS, emitió un memorándum este martes para actualizar los documentos necesarios para aplicantes a la Ley de Ajuste Cubano.

El documento detalla que «un pasaporte cubano vigente o vencido es evidencia de nacionalidad cubana” y que «la carta de ciudadanía o el certificado de nacionalidad puede ser evidencia de nacionalidad cubana”.


Sin embargo, no es suficiente como prueba de nacionalidad presentar un certificado de nacimiento emitido en un consulado exterior cubano.

El memorándum hace una modificación que puede afectar a los hijos de cubanos nacidos en el exterior: “No obstante, un certificado de nacimiento emitido por el Registro Civil o un certificado consular cubano documentando el nacimiento fuera de Cuba de una persona con al menos un padre cubano no es suficiente para determinar la ciudadanía cubana”.

Bajo el nuevo memorándum solo una persona con pasaporte cubano, con carta de ciudadanía o certificado de nacionalidad, sería elegible para aplicar a la Ley de Ajuste.

Todo sobre la Ley de Ajuste Cubano aquí.


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