Estafas que ponen en peligro a inmigrantes legales, consejos de USCIS

Inmigrantes legales que buscan obtener la residencia, la ciudadanía o cualquier visa podrían ser victimas de estafas.


USCIS publica frecuentemente advertencias para ayudar a prevenir caer en ellas y terminar deportados.

Estas son las recomendaciones más frecuentes

1. Lotería de visas: El Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) administra el Programa de Visas de Diversidad de Inmigrante, a menudo conocida como la lotería de visas o de Tarjetas Verdes. El Departamento de Estado nunca le enviará correos electrónicos diciéndole que ha sido seleccionado para el Programa de Visas de Diversidad de Inmigrante.

2. TPS: No pague ni presente ningún formulario hasta que USCIS actualice la información oficial sobre reinscripción para su país. Manténgase actualizado en uscis.gov/es/TPS.

3. Formulario I-9 (Elegbilidad de Empleo): El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) ha recibido información de que empleadores han recibido correos electrónicos que aparentan provenir de USCIS, solicitando datos del Formulario I-9. Los oficiales de USCIS nunca le solicitarán que descargue, complete, suba a los archivos o inspeccione el Formulario I-9 por correo electrónico, así como tampoco se presentará el Formulario I-9 a USCIS, bajo ninguna circunstancia. Los empleadores deben tener un Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo, por cada persona en su nómina a quien se le requiera completar el mismo. Todos estos formularios deben ser retenidos por un período de tiempo. Visite Central I-9 para aprender más acerca de la retención, almacenamiento e inspección del Formulario I-9.


Estos correos electrónicos contienen la dirección electrónica fraudulenta news@uscis.gov. El texto del correo podría contener los sellos de USCIS y la Oficina del Inspector General, su dirección y un botón de enlace fraudulento que le llevará a uscis-online.org, una dirección de correo electrónico no gubernamental. Usted nunca debe contestar esos correos electrónicos ni hacer click en los enlaces.

Si usted recibe un correo electrónico fraudulento en el que se le pide información del Formulario I-9 por parte de USCIS, repórtelo a la Comisión Federal de Comercio. Si no está seguro de que sea fraudulento, reenvíe el correo sospechoso a USCIS webmaster. USCIS revisará los correos electrónicos recibidos y los compartirá con las agencias de cumplimiento de ley apropiadas, según sea necesario. Visite la iniciativa Evite Estafas para más información acerca de estafas comunes y otros consejos importantes.

5. Pagos por teléfono o correo electrónico: USCIS nunca le pedirá que transfiera dinero a una persona. No aceptamos Western Union o PayPal como manera de pago de las tarifas de inmigración. Además, USCIS nunca le pediremos a una persona pagar sus tarifas por teléfono o correo electrónico. Puede pagar algunas tarifas de inmigración en línea solo por medio de myUSCIS.



6. Sitios web fraudulentos: Algunos sitios web alegan estar afiliados a USCIS y ofrecen instrucciones paso por paso sobre cómo completar una solicitud, requerimiento o petición de inmigración. Asegúrese de que su información proviene de USCIS.gov u otra fuente legítima afiliada con USCIS. Asegúrese de que la dirección termine en .gov.

Recuerde que USCIS nunca pide que pague por descargar los formularios de USCIS. Nuestros formularios son siempre gratuitos en el sitio web oficial. Usted también puede llamar al 800-870-3676 para solicitar copias de formularios por teléfono.

7. Ofertas de empleo: Tenga cuidado de las ofertas de empleo ofrecidas por empresas en el extranjero o por correo. Si recibe una oferta de empleo por correo electrónico antes de salir de su país y venir a los Estados Unidos, pudiera ser una estafa particularmente si le piden dinero a cambio de una oferta de empleo.

Aún si una oferta de empleo es legítima, a usted no se le permite trabajar en Estados Unidos a menos que tenga una Tarjeta de Residente Permanente (Tarjeta Verde) o un Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) (permiso de trabajo) o una visa relacionada con el empleo que le permita trabajar para un empleador en particular. Lea la página “Trabajar en Estados Unidos”.

Si actualmente está en Estados Unidos con una visa de estudiante, comuníquese con su consejero de estudiante extranjero (oficial designado por la escuela) a su escuela antes de aceptar cualquier empleo. Si usted está cerca de su fecha de graduación y está solicitando la Capacitación Practica Opcional (OPT, por sus siglas en inglés), lea las instrucciones en la página web “Trabajar en los Estados Unidos”.

8. Estafas a estudiantes: Si usted es estudiante internacional fuera de los Estados Unidos y quiere venir al país a estudiar, asegúrese de que solicita en institución académica o universidad acreditada. Busque en la página web del Comité de Educación Avanzada a verificar si su escuela está acreditada.



Usted debe tener un Formulario I-20, Certificado de Elegibilidad al Estatus de Estudiante No Inmigrante, para poder viajar. Luego de ser aceptado a un Programa de Estudiante Visitante de Intercambio (SEVP, por sus siglas en inglés) – por una escuela certificada, un oficial de la escuela se le dará uno de lo siguiente:

Un Formulario I-20, Certificado de Elegibilidad al Estatus de Estudiante No Inmigrante (F-1)
– para estudiantes académicos y estudiantes de idiomas, o un Formulario Certificado de Elegibilidad al Estatus de Estudiante No Inmigrante (M-1)
– para estudiantes vocacionales.
Las escuelas que no están acreditadas no pueden patrocinarlo para una visa de estudiante F-1.

Información adicional acerca del Formulario I-20 está disponible en la página web de DHS studyinthestates.dhs.gov (en inglés) o en la página “Estudiantes y Empleo”.

9. Notarios Públicos: En muchos países latinoamericanos, el término “notario público” se refiere a algo muy diferente a lo que significa en los Estados Unidos. En diversas naciones de habla hispana, los “notarios” son abogados con credenciales legales especiales. Sin embargo, en Estados Unidos los notarios públicos son personas designadas por los gobiernos estatales para presenciar la firma de documentos importantes y administrar los juramentos. Ser un “notario público” no autoriza a una persona a proporcionarle ningún servicio legal relacionado con inmigración. Sólo un abogado o representante acreditado que trabaje para una organización reconocida por el Departamento de Justicia en la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración (EOIR, por sus siglas en inglés) reconocidos por esta organización puede darle consejo legal. Par más información, visite la página web Programa de Reconocimiento y Acreditación del Departamento de Justicia.


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