Abogada de Inmigración explica procedimientos para obtener una visa Fiancé(e)

La abogada Claudia Cañizares, explicó para Cuba en Miami los procedimientos para obtener una visa Fiancé(e).


Requisitos de elegibilidad

Si solicita una visa de prometido (e), debe demostrar que:

1. Usted (el peticionario) es ciudadano de los EE. UU.
2. Tiene la intención de casarse dentro de los 90 días de que su prometido (e) ingrese a los Estados Unidos.
3. Usted y su prometido (e) son libres de casarse y cualquier matrimonio anterior debe haber sido rescindido legalmente por divorcio, fallecimiento o anulación.
4. Se conocieron, en persona, al menos una vez dentro de los 2 años posteriores a la presentación de su petición. Hay dos excepciones que requieren una exención:
– Si el requisito de cumplir violaría las costumbres estrictas y de larga data de su cultura o práctica social extranjera o la de su prometido (e).
– Si demuestra que el requisito de reunirse le ocasionaría dificultades extremas.

Después de emitir la Visa Fiancé(e)

Una vez emitido, la visa de Fiancé(e) (o visa de no inmigrante K-1) le permite a su prometido (a) ingresar a los Estados Unidos por 90 días para que su ceremonia de matrimonio pueda tener lugar. Una vez que se case, su cónyuge puede solicitar la residencia permanente y permanecer en los Estados Unidos mientras USCIS procesa la solicitud. Para obtener información adicional, consulte la sección «Tarjeta verde».


Niños de Fiancé (e)

Si su prometido (a) tiene un hijo (menor de 21 años y no está casado), una visa de no inmigrante K-2 puede estar disponible para él o ella. Asegúrese de incluir los nombres de los hijos de su prometido (e) en su petición de Formulario I-129F.

Permiso para trabajar

Después de la admisión, su prometido (e) puede solicitar el permiso de trabajo de inmediato presentando un Formulario I-765, Solicitud de autorización de empleo en el Centro de Servicio de USCIS que tiene jurisdicción sobre su lugar de residencia. Cualquier autorización de trabajo basada en una visa de no inmigrante (e) sería válida por solo 90 días después de la entrada. Sin embargo, su prometido (a) también sería elegible para solicitar una autorización de trabajo extendida al mismo tiempo que presenta la solicitud de residencia permanente. En este caso, su prometido (a) presentaría el Formulario I-765 junto con el Formulario I-485 tan pronto como se case.

¿Qué sucede si no se casa dentro de los 90 días?

El estado de Fiancé (e) expira automáticamente después de 90 días. No puede ser extendido. Su prometido (a) debe salir de los Estados Unidos al final de los 90 días si no se casa. Si su prometido (a) no se va, él o ella violarán la ley de inmigración de los EE. UU. Esto puede resultar en la eliminación (deportación) y / o podría afectar la elegibilidad futura para EE.UU.

La abogada Claudia Canizares puede ser contactada llamando al teléfono (305) 680-0036 o el email: info@abogadadeinmigracion.us para todos aquellos que necesiten asesoramiento legal.


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