Entra en vigor una nueva ley de alquileres en Florida a partir de octubre

Una nueva ley de Florida endurece las consecuencias para quienes obtengan la posesión de una vivienda de alquiler mediante engaños deliberados sobre su identidad.

La HB 1293, titulada Fraudulent Entry of Residential Dwellings, entra en vigor el 1 de octubre de 2026 y crea un delito grave de tercer grado por la entrada fraudulenta a una unidad residencial.


La medida también modifica las normas entre propietarios e inquilinos. Cuando una persona ocupa una vivienda mediante alguna de las conductas definidas por la nueva ley, el propietario podrá tratar la situación como un incumplimiento que no ofrece oportunidad de corregirse y entregar un aviso para que desocupe el inmueble en siete días.

El cambio puede tener especial relevancia en mercados de alquiler competitivos como los de Miami-Dade, Broward y otras zonas de Florida, donde propietarios y administradores solicitan identificaciones, estados bancarios y comprobantes de ingresos antes de aprobar una solicitud.

¿Qué conducta será considerada entrada fraudulenta?

El texto aprobado por la Legislatura de Florida señala que una persona no podrá entrar y tomar posesión de una vivienda de alquiler si, de manera consciente e intencional, realiza alguna de las siguientes acciones:

  • Presentar una declaración escrita materialmente falsa sobre su identidad en una solicitud de alquiler.
  • Entregar al propietario documentos falsificados, ficticios o alterados.
  • Suplantar a otra persona cuyo nombre aparezca en la solicitud para firmar el contrato u ocupar la vivienda.

Entre los documentos mencionados expresamente aparecen licencias de conducir, tarjetas de identificación, estados de cuenta bancarios y comprobantes de pago.

La redacción es importante porque la ley no se refiere simplemente a una solicitud incompleta o a un error accidental. Para que se configure el nuevo delito, la conducta debe realizarse de forma consciente e intencional y la persona debe entrar y tomar posesión de la unidad residencial.


El fraude puede convertirse en delito grave de tercer grado

La HB 1293 crea la sección 817.537 de los Estatutos de Florida y clasifica la entrada fraudulenta a una vivienda como un delito grave de tercer grado.

Esto añade una posible consecuencia penal a una situación que anteriormente podía tratarse principalmente como una disputa contractual, un proceso de desalojo o un caso relacionado con falsificación y robo de identidad, dependiendo de los hechos.

La nueva disposición se concentra en el momento en que la información o los documentos falsos permiten que una persona obtenga y ocupe la vivienda.

Cada caso dependerá de las pruebas disponibles. Entre los elementos relevantes podrían estar la solicitud presentada, los documentos entregados, las comunicaciones con el propietario y la identidad de la persona que firmó el contrato o tomó posesión del inmueble.

El propietario podrá entregar un aviso de siete días

La ley también modifica la sección 83.56 de los Estatutos de Florida, relacionada con la terminación de contratos de alquiler.

La entrada fraudulenta será considerada un incumplimiento de una naturaleza que no requiere ofrecer al inquilino una oportunidad para subsanarlo. El propietario podrá entregar una notificación escrita comunicando la terminación del contrato y la persona tendrá siete días desde la entrega del aviso para desocupar la vivienda.

El procedimiento civil no dependerá necesariamente de que ya exista un caso penal. El texto establece que la entrada fraudulenta puede utilizarse como fundamento para terminar el alquiler aunque todavía no se hayan iniciado procedimientos criminales.

Eso no significa que el propietario pueda retirar físicamente a una persona por su cuenta, cambiar cerraduras o ignorar el proceso legal correspondiente. La sección 83.67 de los Estatutos de Florida prohíbe, entre otras prácticas, impedir el acceso razonable del inquilino mediante el cambio de cerraduras. Si la vivienda no se desocupa después del aviso, deberán seguirse los procedimientos judiciales aplicables para recuperar la posesión del inmueble.

¿A quién afecta la nueva ley?

La HB 1293 puede afectar tanto a solicitantes como a propietarios, agentes inmobiliarios y empresas administradoras.

Para quienes buscan alquilar, la principal advertencia es que no deben utilizar documentos alterados, identidades ajenas ni información escrita falsa sobre su identidad. También conviene revisar cuidadosamente cada solicitud antes de firmarla y conservar copias de los documentos entregados.

Los propietarios y administradores deberán documentar adecuadamente las solicitudes y evitar conclusiones apresuradas. Una discrepancia no demuestra por sí sola que exista fraude intencional. Las decisiones deberán apoyarse en hechos verificables y cumplir las leyes de vivienda justa, privacidad y desalojo.

Las víctimas de robo de identidad también podrían verse involucradas si otra persona utiliza su nombre o sus documentos para solicitar una vivienda. Por eso resulta importante denunciar rápidamente el uso no autorizado de información personal y conservar evidencia de cualquier comunicación con el propietario o las autoridades.

Aprobación unánime y entrada en vigor

La Cámara de Representantes de Florida aprobó la HB 1293 por 110 votos a favor y ninguno en contra. El Senado la respaldó por 34 votos a cero. El gobernador la aprobó el 12 de junio de 2026 y quedó registrada como Capítulo 2026-143 de las leyes estatales.

La fecha efectiva es el 1 de octubre de 2026.

La medida forma parte de un grupo de nuevas leyes que comienza a regir ese día en Florida y que incluye cambios relacionados con vehículos, seguridad pública, bienestar animal y registros estatales.

Para propietarios e inquilinos, el mensaje central es claro: obtener una vivienda mediante una identidad falsa, documentos falsificados o la suplantación de otra persona puede generar consecuencias mucho más serias que la cancelación de una solicitud. Desde octubre, también puede dar lugar a un delito grave y a la terminación acelerada del contrato de alquiler.

Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal. Las personas involucradas en una disputa de alquiler o una investigación penal deben consultar a un abogado calificado.


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