
os cubanos que estén preparando una solicitud de residencia permanente deben prestar especial atención a la edición del formulario I-485 que envíen al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), debido a un cambio que comenzará a aplicarse en septiembre.
USCIS anunció que desde el 18 de septiembre de 2026 solo aceptará la nueva edición 09/18/26 del formulario I-485, utilizado para solicitar la residencia permanente dentro de Estados Unidos.
La agencia advirtió que no ofrecerá un período de gracia. Esto significa que las solicitudes enviadas desde esa fecha con la edición anterior serán rechazadas, aunque el resto del paquete esté correctamente preparado y el solicitante cumpla con los requisitos migratorios.
El cambio también incluye a los cubanos que presenten su residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano.
USCIS establece una fecha límite estricta
De acuerdo con el anuncio oficial de USCIS, la edición 09/18/26 sustituirá al formulario fechado 01/20/25.
Las reglas de transición establecidas por la agencia son precisas:
- La edición 01/20/25 será aceptada si la solicitud está fechada o presentada electrónicamente antes del 18 de septiembre.
- La edición anterior será rechazada si se envía el 18 de septiembre o después.
- La nueva edición 09/18/26 solo podrá utilizarse a partir del 18 de septiembre.
- USCIS también puede rechazar la nueva versión si se presenta antes de la fecha en que entra en vigor.
Por esta razón, las personas que estén preparando sus documentos durante las semanas previas deberán comprobar nuevamente la edición del formulario antes de enviarlo.
Un paquete preparado con anticipación podría quedar desactualizado si finalmente es enviado después de la fecha límite.
¿Cómo afecta este cambio a los cubanos?
Los cubanos que solicitan la Green Card bajo la Ley de Ajuste Cubano también utilizan el formulario I-485. Por tanto, deberán cumplir con el cambio de edición anunciado por USCIS.
La nacionalidad cubana o la elegibilidad bajo esa legislación especial no impiden que la agencia rechace un formulario vencido.
La alerta principal para esta comunidad es clara: estar amparado por la Ley de Ajuste Cubano no exime al solicitante de utilizar la edición correcta del I-485.
Una devolución puede retrasar el proceso varias semanas y obligar a preparar nuevamente el paquete, actualizar documentos, obtener nuevas firmas y verificar los métodos de pago.
Los cubanos bajo la Ley de Ajuste continúan exentos de carga pública
La nueva edición del I-485 está relacionada con la regla de carga pública que también comenzará a aplicarse el 18 de septiembre. Sin embargo, esto no significa que todos los cubanos serán sometidos automáticamente a esa evaluación.
El Manual de Políticas de USCIS incluye expresamente a quienes solicitan la residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano entre las categorías exentas de la causal de inadmisibilidad por carga pública.
En otras palabras, estos solicitantes deberán utilizar la nueva edición del formulario, pero continuarán declarando dentro del documento que están exentos de esa evaluación por la base legal de su ajuste.
Se trata de dos asuntos diferentes: una cosa es la versión obligatoria del formulario y otra es la aplicación de la causal de carga pública.
No todos los cubanos utilizan la misma vía migratoria
La exención depende de la categoría mediante la cual se solicita la residencia, no solamente de la nacionalidad.
Un ciudadano cubano que presente su I-485 específicamente bajo la Ley de Ajuste Cubano está dentro de una categoría exenta. Sin embargo, un cubano que solicite la Green Card mediante otra vía —por ejemplo, una petición familiar, matrimonial o laboral— deberá determinar si las reglas de carga pública se aplican a esa categoría.
USCIS explicó en su guía actualizada sobre carga pública que la nueva política será efectiva desde el 18 de septiembre y se aplicará a los formularios I-485 presentados a partir de esa fecha, salvo las exenciones establecidas por el Congreso.
Por ello, es importante identificar correctamente la base legal utilizada en cada solicitud.
¿Qué ocurre con las residencias que ya están pendientes?
Las personas cuyo formulario I-485 ya fue recibido y aceptado por USCIS no necesitan presentar una nueva solicitud únicamente porque la agencia publique otra edición.
El cambio afecta los formularios que sean enviados durante la transición y, especialmente, aquellos presentados el 18 de septiembre o después.
Quienes tengan un paquete preparado, pero todavía no lo hayan enviado, deben revisar la fecha que aparece en la parte inferior de cada página. No es recomendable utilizar copias antiguas guardadas en una computadora ni descargar el documento desde páginas que no pertenezcan a USCIS.
Un error sencillo puede provocar la devolución completa
El formulario I-485 es una de las piezas centrales del proceso de ajuste de estatus. Si USCIS determina que se utilizó una edición que ya no es aceptada, puede devolver el paquete sin iniciar formalmente el procesamiento.
El solicitante podría perder tiempo valioso y tendría que corregir el documento antes de enviarlo nuevamente. La situación puede resultar especialmente delicada para personas con plazos legales, permisos próximos a vencer u otros procedimientos migratorios simultáneos.
Los solicitantes deben verificar la versión del formulario directamente en el sitio oficial de USCIS el mismo día en que preparen el envío.
La nueva medida no elimina los beneficios de la Ley de Ajuste Cubano ni somete a sus solicitantes a la causal de carga pública. Sin embargo, sí establece una obligación administrativa que deberá cumplirse estrictamente: desde el 18 de septiembre, la edición anterior del formulario I-485 dejará de ser aceptada.




