Panamá extiende hasta 2029 la visa de tránsito para cubanos: quiénes deberán solicitarla

Los ciudadanos cubanos que utilicen Panamá como punto de conexión hacia determinados destinos seguirán sujetos al requisito de visa de tránsito durante casi tres años más.

El gobierno panameño extendió la medida hasta el 30 de junio de 2029, de acuerdo con un nuevo decreto ejecutivo publicado en la Gaceta Oficial de ese país.


La decisión fue formalizada el 14 de agosto de 2026 mediante el Decreto Ejecutivo número 15, firmado por el presidente José Raúl Mulino y el ministro de Seguridad Pública, Frank Ábrego. La disposición comenzó a regir desde su promulgación.

La prórroga mantiene una política migratoria aplicada desde 2022 y afecta principalmente a los cubanos que hacen escala en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, uno de los centros de conexión aérea más importantes de América Latina.

La extensión hasta 2029 es una de las más prolongadas desde que Panamá comenzó a aplicar este requisito y confirma que la visa de tránsito continuará formando parte de los controles migratorios sobre pasajeros procedentes de Cuba.

La visa solamente permite permanecer 24 horas en tránsito

La visa de tránsito no autoriza a ingresar libremente al territorio panameño.

El documento permite que el viajero permanezca un máximo de 24 horas dentro del área de tránsito internacional del aeropuerto, únicamente para abordar un vuelo de conexión hacia otro país o continuar de regreso a Cuba.


Esto significa que un cubano puede necesitar la visa aunque no tenga intención de salir del aeropuerto ni pasar por el control migratorio regular de Panamá.

La medida tiene especial importancia para quienes utilizan Tocumen como escala en itinerarios hacia Estados Unidos, España, países de América Latina y otros destinos internacionales.

No todos los viajeros cubanos necesitan solicitarla

El decreto contempla varias excepciones, por lo que el requisito no se aplica automáticamente a todos los ciudadanos cubanos.

Entre los viajeros que pueden quedar exentos se encuentran:

  • Cubanos que estén viajando de regreso a la isla.
  • Personas con visa de turista panameña vigente.
  • Residentes legales en Panamá.
  • Cubanos con residencia permanente en un tercer país que estén regresando a ese territorio.
  • Viajeros que tengan una visa vigente para ingresar al país de destino final.

También pueden estar exentas las personas con residencia vigente o determinadas visas múltiples expedidas por Estados Unidos, Canadá, Australia, Corea del Sur, Japón, Reino Unido, Singapur y los países miembros de la Unión Europea.

La normativa incluye además a quienes puedan demostrar que mantienen una condición laboral legal en el país de destino, siempre que presenten la documentación correspondiente.

Los pasajeros deben verificar que sus visas, residencias y demás documentos cumplan las condiciones exigidas por las autoridades panameñas. Tener uno de esos documentos no necesariamente garantiza una exención si está vencido o no corresponde a la categoría establecida.

El trámite debe comenzar con al menos 30 días hábiles

Los cubanos que no entren en ninguna de las excepciones deberán solicitar la visa antes de viajar.

La gestión puede realizarse ante el consulado de Panamá en el país donde se encuentre el interesado o por medio de un apoderado legal ante el Servicio Nacional de Migración panameño.

Las autoridades indican que el procedimiento debe iniciarse con un mínimo de 30 días hábiles de anticipación. Ese plazo no incluye fines de semana ni días feriados, por lo que los viajeros deberán organizar sus itinerarios con suficiente tiempo.

Solicitar el documento dentro de los 30 días hábiles anteriores al vuelo podría comprometer la posibilidad de recibirlo antes de la fecha prevista.

Cambios en el proceso desde Cuba

El trámite también ha experimentado modificaciones para los solicitantes que se encuentran en la isla.

Desde julio de 2026, el Consulado de Panamá en La Habana utiliza un sistema de pre-citas en línea disponible mediante el portal del Servicio Nacional de Migración.

Sin embargo, completar la pre-cita no significa que el viajero haya recibido automáticamente una cita consular confirmada.

Además, desde el 1 de agosto, los pagos por visas y otros servicios consulares deben realizarse mediante una cuenta bancaria en Panamá, una condición que puede complicar el procedimiento para algunos residentes en Cuba.

Panamá refuerza los controles en Tocumen

La extensión de la visa ocurre en medio de un reforzamiento de los controles de seguridad para pasajeros procedentes de varios países.

Durante 2026, Panamá mantuvo una segunda inspección para viajeros provenientes de Cuba, Venezuela, Nicaragua y Haití que realizan conexiones en Tocumen.

El gobierno panameño sostiene que estas medidas responden a la necesidad de reforzar la seguridad aérea y mantener un mayor control sobre los pasajeros que utilizan el país como corredor de tránsito.

Antes de comprar un boleto con escala en Panamá, los ciudadanos cubanos deberían consultar directamente con el consulado, la aerolínea y el Servicio Nacional de Migración para confirmar si necesitan la visa. No contar con el documento correspondiente podría impedirles abordar el vuelo desde el aeropuerto de origen.

La nueva prórroga permanecerá vigente hasta el 30 de junio de 2029, salvo que el gobierno panameño modifique o derogue la disposición antes de esa fecha. La extensión y sus principales excepciones fueron recogidas por medios que citaron el decreto publicado en la Gaceta Oficial de Panamá.


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