Decreto 363 en Cuba: Miguel Diaz-Canel complica las cosas para los cuentapropistas y el dinero en banco

Miguel Diaz-Canel, ยซpresidenteยป de Cuba ha firmado el Decreto 363 que regula al Banco Central de Cuba y le da poderes para sancionar y restringir la habilidad de los cuentapropistas para usar su dinero.


El Decreto define infracciones que podrรญa sancionar el Banco Central en relaciรณn con los cuentapropistas.

Los empresarios cubanos necesitaran una licencia del Banco Central para invertir en el capital de entidades nacionales o extranjeras, bancarias, financieras, o de otra naturaleza.

Para modificar el capital de la instituciรณn financiera deberรกn notificarlo por escrito al Banco Central con 30 dรญas de antelaciรณn.

Cubanos que tengan negocios no podrรกn conceder crรฉditos a personas naturales o jurรญdicas vinculadas, directa o indirectamente, a su propiedad o gestiรณn, en tรฉrminos mรกs favorables en cuanto a plazos, tasas de interรฉs o garantรญas, que los concedidos a terceros en operaciones similares segรบn dice el articulo 8.13.

Tampoco podrรกn aplicar tasas de cambio distintas a las establecidas por el Banco Central de Cuba o utilizadas por las instituciones financieras que participan en operaciones cambiarias, excepto en los casos expresamente autorizados por el Banco Central de Cuba.


Entre las medidas que tomarรก el Banco Central contra los infractores estรก: congelaciรณn temporal de cuentas; orden de cierre de cuentas; suspensiรณn de nuevas autorizaciones para apertura de cuentas por un perรญodo de hasta un aรฑo natural; suspensiรณn de la participaciรณn de las instituciones financieras en los sistemas operados por el Banco Central de Cuba y los diferentes servicios que preste; confiscaciรณn de los beneficios obtenidos por la comisiรณn de las infracciones.

Los infractores tambiรฉn podrรญan recibir multas de hasta $50.000 pesos. Para ver mรกs: Decreto 363.


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