Tener la residencia pendiente no basta: abogada advierte a cubanos con procesos en corte

Una solicitud de residencia pendiente ante USCIS no elimina las obligaciones de un inmigrante ante la corte ni garantiza que un juez posponga su caso. La abogada Claudia Cañizares lanzó esa advertencia a los cubanos que esperan su Green Card mientras mantienen un procedimiento de deportación abierto, especialmente a quienes ingresaron mediante CBP One.

Durante una entrevista con Cuba en Miami, realizada el 8 de octubre, Cañizares explicó que está observando una confusión preocupante: personas que consideran innecesario presentar una defensa ante el juez porque ya solicitaron la residencia por la Ley de Ajuste Cubano.


Según advirtió, esa confianza puede exponerlas a una orden de deportación incluso mientras USCIS mantiene pendiente su solicitud.

El riesgo de esperar la residencia sin atender el proceso judicial

Cañizares describió casos de inmigrantes que dan por hecho que el trámite de residencia será suficiente para que la corte les permita seguir esperando.

“Tenemos muchos casos de CBP One que dicen: ‘No, yo tengo mi residencia presentada, yo no voy a presentar nada en la corte’”, explicó.

La abogada señaló que no todos los jueces están dispuestos a conceder un aplazamiento o cerrar el procedimiento por ese motivo. Algunos exigen que la persona identifique qué defensa o remedio migratorio presentará en el proceso judicial.

De acuerdo con su explicación, si el inmigrante no presenta ninguna alternativa ante la corte, el juez podría emitir una orden de deportación a pesar de que exista una solicitud de residencia pendiente en USCIS.


La advertencia, por tanto, no se refiere únicamente a faltar a una audiencia. También alcanza a quienes se presentan, pero asumen que no necesitan atender la defensa de su caso porque están esperando la Green Card.

Dos procesos que pueden avanzar al mismo tiempo

La entrevista puso de relieve la importancia de distinguir entre el trámite ante USCIS y el procedimiento ante la corte de inmigración.

Mientras una agencia analiza la solicitud de residencia, el caso judicial puede continuar con sus propias audiencias, instrucciones y plazos. La espera de una respuesta no significa que esas obligaciones hayan quedado suspendidas.

“Tener una residencia pendiente con USCIS no te excusa de tener que ir a la corte”, recalcó Cañizares.

La abogada insistió en que las personas deben cumplir con los plazos que imponga el tribunal y conocer cómo se está manejando su expediente judicial. Dar seguimiento a la residencia, explicó, no reemplaza la atención que requiere el proceso ante el juez.

La advertencia para cubanos que entraron por CBP One

Cañizares destacó que está viendo esta situación con frecuencia entre personas que ingresaron mediante CBP One y posteriormente solicitaron la residencia.

Según explicó, algunos confían en que el juez cerrará el caso o concederá más tiempo hasta que USCIS tome una decisión. Sin embargo, advirtió que esa respuesta no está garantizada y puede variar según el juez y las circunstancias del expediente.

La especialista subrayó que tener una vía para solicitar la residencia no resuelve por sí solo lo que debe plantearse en la corte. Por eso, la estrategia judicial necesita revisarse de manera individual, teniendo en cuenta los documentos de entrada y la situación procesal de cada persona.

Recibir la Green Card no cierra automáticamente el caso

La abogada también llamó la atención sobre otro momento que puede generar confusión: la aprobación de la residencia cuando todavía existe un proceso judicial abierto.

Cañizares explicó que los inmigrantes no deben asumir que USCIS notificará automáticamente a la corte y que el procedimiento quedará terminado sin realizar ninguna gestión.

Según indicó, es necesario informar sobre la aprobación y atender los pasos correspondientes para solicitar el cierre del caso, incluida una posible moción de terminación.

Recibir la residencia y confirmar que el proceso judicial terminó son asuntos distintos. La advertencia de la abogada es que una persona no debe dejar de atender una audiencia que sigue programada basándose únicamente en que ya obtuvo su Green Card.

Si desaparece la fecha del sistema, no hay que asumir que terminó la corte

Durante la entrevista, una pregunta sobre una persona con I-220A permitió abordar otro problema: qué hacer cuando una audiencia deja de aparecer en la consulta electrónica.

Cañizares explicó que la ausencia de información visible no significa necesariamente que el procedimiento haya terminado.

“Muchas personas se confunden y dicen: ‘Mi caso desapareció de la corte y ya yo no tengo corte’. Y no es así”, señaló.

La abogada mencionó que puede haber restricciones de acceso a la información del expediente e insistió en prestar atención a las notificaciones recibidas por correo.

Su advertencia fue que una fecha previamente asignada no debe darse por cancelada solo porque deje de mostrarse en el sistema. Ante esa situación, corresponde aclarar el estado del caso con el abogado y la corte, en lugar de interpretar el cambio como un cierre.

La espera por USCIS no debe hacer perder de vista al juez

Para los cubanos que llevan meses o años esperando la residencia, buena parte de la atención está puesta en las notificaciones de USCIS. Pero, según destacó Cañizares, cuando existe un procedimiento judicial abierto también es necesario conocer la próxima audiencia, los plazos pendientes y la defensa que se presentará.

La abogada recomendó que los casos se revisen individualmente, porque los documentos recibidos al entrar al país y el estado del procedimiento pueden cambiar las opciones disponibles.

El mensaje central de su intervención fue claro: tener la residencia pendiente no basta para desentenderse de la corte, y esperar una aprobación no garantiza que el proceso de deportación se detenga.


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