La aduana deja a los cubanos fuera de importar vehículos automotor en embarcaciones de recreo

Mañana primero de enero entran en vigor nuevas medidas para los extranjeros que viajan en yates de recreo y la Aduana hizo claro en sus nuevas normas que los cubanos no podrán hacer uso de ninguna de las ventajas.


Una modificación de los artículos 79 y 80 de la Resolución No. 187 “Normas para el despacho y el control aduanero de buques y aeronaves”, del Jefe de la Aduana General de la República establece el término en el cual el yatista que interese desembarcar debe presentarse ante la Oficina de Aduanas para realizar el despacho aduanero, así como que las embarcaciones de recreo extranjeras que arriben a la República de Cuba sólo pueden ser utilizadas para realizar operaciones con fines turísticos y que los yatistas a bordo de ellas se abstendrán de efectuar cualquier otra actividad mercantil no autorizada por las autoridades cubanas competentes.

La Aduana aclaro que la importación temporal de vehículos automotor que arriben a bordo de las embarcaciones de recreo, solo a los yatistas extranjeros así que para los cubanos que residen en el exterior seguirán las prohibiciones absurdas.


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