
En un giro significativo para la comunidad cubana con casos de inmigración bajo la categoría I220A, una reciente decisión del Board of Immigration Appeals (BIA) ha abierto una puerta importante que podría facilitar la obtención de un parol para quienes se encuentran en esta situación. La abogada Claudia Cañizares, especialista en inmigración, ofrece un análisis detallado sobre el impacto de esta resolución y cómo puede beneficiar a los cubanos con I220A, además de advertir sobre posibles riesgos y la necesidad de una correcta asesoría legal.
Contexto y detalle del caso
La discusión parte del caso que involucra a un ciudadano chino que entró de manera ilegal a Estados Unidos y fue liberado bajo un parol. Años después, fue detenido nuevamente por las autoridades migratorias y su abogado solicitó una fianza, la cual fue denegada por el juez bajo el argumento de que el detenido estaba sujeto a una detención mandatoria. Según la decisión del BIA, la única vía para su liberación era mediante un parol.
La clave de esta resolución radica en que la detención inicial en la frontera se realiza sin una orden formal de arresto, y esta orden se emite días después. La detención está regulada y establece detenciones mandatorias para ciertos casos. Por ello, el tribunal concluyó que una persona detenida en la frontera y liberada solo puede salir bajo un parol, no mediante fianza.
¿Qué significa esta decisión para los cubanos con I220A?
La abogada Claudia Cañizares explica que esta decisión refuerza un argumento que su equipo ha venido sosteniendo desde 2018: todas las personas que entraron por la frontera y fueron detenidas inmediatamente, aunque se les haya dado un Notice to Appear (NTA) o una orden de arresto días después, fueron inicialmente detenidas bajo la sección 287G, por lo que su liberación legal debe basarse en un parol según la sección 212 de la ley migratoria.
Esto implica que los documentos I220A que se les han otorgado a muchos cubanos son, en realidad, irrelevantes desde el punto de vista legal para su liberación, ya que el fundamento real para ello debería ser un parol. Esta interpretación abre la puerta para que los cubanos con I220A puedan argumentar ante las cortes y ante USCIS que su estatus debe reevaluarse bajo esta lógica, lo que podría facilitar la obtención de la residencia.
Un argumento sólido para la residencia
Según Cañizares, la comunidad cubana debe prepararse para presentar estos argumentos de forma adecuada en las cortes. No es suficiente simplemente mostrar un documento o decir que se tiene I220A; se debe acompañar con un argumento legal sólido que detalle por qué la liberación debió ser bajo parol y cómo esto afecta la elegibilidad para la residencia.
“Este caso es un reflejo del argumento que venimos haciendo desde hace años y ahora tenemos un precedente que lo respalda,” afirma la abogada. “La clave está en presentar bien el caso, ya sea en corte o en USCIS, y buscar la asesoría adecuada para hacerlo.”
Aspectos negativos y riesgos de la decisión
Aunque la decisión abre una ventana de oportunidad, también conlleva riesgos. Uno de los aspectos negativos es que, bajo este precedente, los jueces pueden negar la fianza a personas detenidas con I220A, al considerar que están sujetos a detención mandatoria. Esto podría afectar a quienes sean detenidos en el futuro, limitando sus opciones de liberación.
Claudia Cañizares advierte: “Aunque la decisión es positiva para quienes buscan regularizar su estatus, también puede ser preocupante para quienes estén detenidos, porque la única forma de salir podría ser mediante parol, y el juez podría negar la fianza.”
Precedente nacional para todas las cortes y USCIS
Esta decisión del Board of Immigration Appeals tiene un alcance amplio y establece un precedente que aplica en todo Estados Unidos. Esto significa que cualquier juez de inmigración o funcionario de USCIS puede utilizar esta resolución como referencia para tomar decisiones similares.
La abogada explica: “No es un precedente limitado a un circuito, como otros casos que hemos visto antes, sino que es un precedente ‘across the board’, es decir, para todo el país. Esto fortalece el argumento para todos los casos similares.”
Cómo actuar ante esta nueva realidad
Un punto importante aclarado por Cañizares es que no es posible solicitar directamente un parol a ICE o USCIS basado en esta decisión. La vía correcta es presentar el argumento legal ante la corte de inmigración o ante USCIS, dependiendo de dónde se encuentre el caso.
Además, el bufete de la abogada está considerando presentar una demanda colectiva para aprovechar esta decisión y apoyar a quienes califican. Próximamente se darán a conocer los requisitos para participar en esta demanda.
Mientras tanto, la recomendación es que las personas con I220A que tengan residencia pendiente o que estén en corte busquen representación legal especializada para preparar y presentar los argumentos correctos.
Preguntas frecuentes y aclaraciones importantes
¿Se puede aplicar este argumento a I220B?
No, esta decisión no aplica para personas con estatus I220B.
¿Qué sucede si ya se presentó la residencia?
No es necesario presentar una nueva residencia. Sin embargo, es recomendable que un abogado revise el caso y presente los argumentos correctos basados en esta nueva decisión.
¿Qué pasa si la residencia está en corte o con USCIS?
Si la residencia está en corte, el argumento debe presentarse ante el juez. Si está con USCIS, el argumento debe dirigirse a esta agencia.
¿Qué hacer si se ha recibido una negación por contrabando de personas?
Claudia Cañizares enfatiza la importancia de consultar con un abogado inmediatamente. En estos casos, es fundamental manejar bien la presentación del perdón para no admitir ilegalidad, sino explicar la necesidad que llevó a esa situación, evitando complicaciones graves que pueden afectar la obtención de la residencia.
¿Esta decisión afecta a personas con órdenes de deportación expeditas o balseros?
No aplica para balseros con remoción expedita, pero existen demandas específicas para esos casos que ya están en marcha.
¿Qué hacer si se perdió la corte?
Es posible beneficiarse de esta decisión presentando este argumento en la apelación correspondiente. Se recomienda contar con representación legal para preparar la apelación correctamente.
Reflexiones finales y recomendaciones
La abogada Claudia Cañizares considera que esta decisión es una noticia positiva para la comunidad cubana con I220A, ya que abre nuevamente la posibilidad de argumentar para obtener residencia bajo la ley de ajuste cubano. Sin embargo, también advierte que es necesario actuar con rapidez y buscar asesoría legal especializada para aprovechar esta oportunidad.
“Es momento de prepararse, presentar los argumentos correctos y no quedarse en el limbo. La comunidad debe entender que esta decisión puede ser la clave para avanzar en su proceso migratorio,” afirma.
Para quienes estén interesados en participar en la demanda colectiva o necesiten representación, el bufete de la abogada Claudia Cañizares está disponible para consultas. El contacto es:
- Teléfono: 305 680 0036
- Dirección: 8360 W Flagler St Suite 103, Miami, FL 33144
- Email: info@abogadadeinmigracion.us
En conclusión, esta decisión del Board of Immigration Appeals representa un cambio importante en el manejo de casos I220A, estableciendo un precedente nacional que puede facilitar la regularización migratoria para muchos cubanos. Sin embargo, el éxito dependerá de la correcta presentación de argumentos legales y de la asesoría especializada que reciban los afectados.